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El Consejo de Ministros culmina la reforma de la estiba con el real decreto de prejubilaciones

El Consejo de Ministros culminó el viernes la reforma legislativa del sector de la estiba, emprendida en 2017, con la aprobación definitiva del real decreto de desarrollo reglamentario por el que se regulan las ayudas a la prejubilación de estibadores.

  • Última actualización
    15 abril 2019 07:40

Publicado el sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), no hay grandes cambios en el real decreto con respecto al borrador, cuyo plazo de audiencia pública finalizó el pasado miércoles y que ha sido tramitado por la vía de urgencia.

La cuestión esencial del real decreto es regular las ayudas a las prejubilaciones establecidas en el real decreto de reforma de la estiba 8/2017.

Estas ayudas a la prejubilación de estibadores se conciben en el real decreto como un subsidio al estibador equivalente al 70% del salario bruto durante los últimos 12 meses, junto al pago del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social, todo ello por un periodo máximo de 60 meses, ya que, en principio, sólo son prejubilables los estibadores que a la fecha de entrada en vigor del real decreto les queden un máximo de 60 meses para alcanzar la edad ordinaria de jubilación según el régimen de la Seguridad Social de Trabajadores del Mar.

De forma excepcional, también son prejubilables aquellos trabajadores que antes del 14 de mayo de 2020 les resten 60 meses para alcanzar la edad de jubilación en puertos con un nivel de ocupación inferior al 85%.

Las ayudas se percibirán desde la concesión de la ayuda hasta la jubilación del trabajador y se incrementarán anualmente en la misma medida que lo hagan las pensiones contributivas de la Seguridad Social.

Según la memoria económica que acompañaba al borrador de real decreto, un total de 542 estibadores son prejubilables, no olvidando que hablamos de una medida voluntaria, por lo que el número definitivo dependerá de sus decisiones individuales.

En cualquier caso, atendiendo a este máximo de 542 estibadores y que el salario medio anual de los estibadores es de 6.766 euros, el coste total, sumando los subsidios, las cotizaciones a la Seguridad Social, la actualización anual y los gastos de gestión administrativa,  ascenderá a un máximo de 104,24 millones de euros.

Formación

El nuevo real decreto para el desarrollo reglamentario de las prejubilaciones en la estiba incluye una disposición final que regula el tema pendiente de la formación de los estibadores y el certificado de profesionalidad.

Con respecto al primer borrador de desarrollo reglamentario, elaborado por el anterior gobierno, en el nuevo real decreto destaca la reducción de las horas de formación para la obtención del certificado. Mientras que en el borrador del anterior gobierno se proponían un total de 1.110 horas, en este nuevo real decreto se proponen 850 horas.

De igual forma, frente a las 660 horas de formación práctica planteadas en su día, se ha pasado ahora a contemplarse 400 horas prácticas.

Esta formación práctica deberá realizarse en “instalaciones portuarias”, desapareciendo la propuesta del anterior gobierno de que al menos el 25% de las prácticas se hicieran en simulador.