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Fomento eximirá a los conductores de servicio privado de tener que obtener el CAP

La patronal Fenadismer ha dado a conocer algunas de las claves del proyecto de Real Decreto elaborado por el Ministerio de Fomento para adaptar la actual regulación del certificado de profesionalidad CAP de los conductores de transporte por carretera a la nueva normativa europea.

  • Última actualización
    05 diciembre 2019 15:27

Entre las novedades más destacadas del borrador está que los conductores de camiones de servicio privado estarán eximidos de obtener el CAP.

Como se recordará, hasta el año 2008 para conducir un camión o un autobús en España solo se exigía haber obtenido el permiso de conducir correspondiente. Sin embargo, con la aprobación del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, se introdujo en España la normativa europea, concretamente la Directiva 2003/59, que establecía que para conducir un camión o un autobús, además de los carnés C o D era necesario obtener el llamado CAP o Certificado de Aptitud Profesional, que consiste en una formación obligatoria en un centro autorizado, de 140 o 280 horas de duración, que deben obtener todos los conductores de camión o autobús que hayan obtenido o vayan obtener el permiso de conducir vehículos. Esta formación inicial en el CAP debe renovarse cada 5 años mediante una formación CAP de reciclaje o continua

Ahora, el Ministerio de Fomento ha elaborado un proyecto de Real Decreto de modificación de la regulación aprobada en 2007, a fin de acomodarlo a la Directiva europea 2018/645. Según adelanta Fenadismer, son varios los objetivos que ha perseguido el Ministerio de Fomento con este proyecto que la patronal califica de “revolucionario”.

En el mismo se revisa la lista de actividades de conducción que estarían exentas de poseer el CAP, se actualiza el contenido de la formación con la finalidad de hacer mayor hincapié en temas de seguridad vial, conducción eficiente desde el punto de vista del consumo de carburante, condiciones meteorológicas extremas y operaciones especiales de transporte y se introduce la posibilidad de la formación online y la convalidación parcial de otras formaciones sectoriales.

Entre las principales novedades que incluye el proyecto de Real Decreto, y que obligarán a los Centros que en la actualidad imparten este tipo de formación a una reestructuración muy importante, cabe citar que se eximirá de la obligación de poseer la titulación CAP a los conductores profesionales que conduzcan vehículos con autorización de transporte privado complementario, lo que representa aproximadamente un 30% de la flota actual de transporte pesado en España.

También se exigirá tanto en el CAP inicial como en el CAP de renovación que la formación sea tanto teórica como práctica, ya sea en vehículo o en un simulador de conducción.

El curso CAP de renovación se compondrá de un módulo común de 21 horas de formación más otros módulos optativos en materias diversas (tacógrafo, carga y estiba, mercancías peligrosas, sensibilización y educación vial) hasta completar las 35 horas de formación.

Los alumnos que acrediten haber hecho en los últimos 12 meses un curso de formación sectorial (ADR, transporte de animales y otros) tendrán derecho a una convalidación parcial del curso CAP de renovación.

Asimismo, a los alumnos que hayan realizado el certificado de profesionalidad como conductor de camión o autobús se les eximirá de realizar la formación en el CAP inicial, si bien deberán realizar el examen oficial para obtener el certificado CAP.

Igualmente, se contempla la posibilidad de que una parte de las materias formativas que comprenden el CAP inicial se impartan en modalidad de teleformación, aproximadamente un 15% del total de horas lectivas. Asimismo se prevé que los Centros puedan impartir la formación en Aulas Móviles.

Los Centros de Formación que impartan cursos CAP deberán instalar un sistema de control biométrico para verificar la asistencia real de los alumnos al curso.

Se estima que, una vez el proyecto haya sido sometido a consulta pública tanto de las asociaciones de transporte que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera y de las Comunidades Autónomas, el nuevo Real Decreto entre en vigor a mediados del próximo año, precisa Fenadismer.