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Aduanas acepta por fin que se constituyan las garantías en la representación directa y respondiendo subsidiariamente

Según adelantó a última hora de ayer diariodelpuerto.com, tras recibir la confirmación de fuentes de toda solvencia, el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales tiene previsto publicar hoy mismo la nota informativa en la que ofrece una interpretación por la cual acepta finalmente que los representantes directos sí puedan constituir las garantías y, además, estos respondan subsidiariamente.

  • Última actualización
    11 marzo 2019 22:48

Según confirmaron a última hora de ayer tarde a la patronal FETEIA fuentes de la Subdirección de Gestión Aduanera del Departamento de Aduanas, hoy mismo va a ser publicada en la web de la AEAT la nota informativa por la cual se pone fin al litigio que desde la entrada en vigor del CAU vienen manteniendo los representantes aduaneros y la Administración en torno a la representación directa.

Nada más entrar en vigor el CAU, el Departamento de Aduanas mostró su firme oposición a que los representantes directos pudieran constituir las garantías, negando una posibilidad que se venía produciendo en el sector desde hace más de 30 años.

Los representantes aduaneros españoles reclamaron ante la Unión Europea y la TAXUD les dio la razón, si bien desde el Departamento de Aduanas se impulsó a continuación un proyecto normativo para, aceptando la constitución de avales en la representación directa, hacer responsables a los representantes aduaneros de forma solidaria, y no subsidiaria como hasta el momento, con el impacto que este cambio representa.

Con todo, ayer tarde, el Departamento de Aduanas comunicó a FETEIA, según confirmó este Diario, que hoy mismo se va a publicar una nota informativa en la que se fija posición y se establece que: uno, los representantes directos podrán constituir garantías; dos, los representantes directos responderán en este caso subsidiariamente; y tres, que a la representación directa podrán acceder, además, no sólo aquellos que estaban autorizados antes de la entrada en vigor del CAU, sino todos aquellos que a partir de ahora lo soliciten, con lo que ello comporta de iguales condiciones en el mercado.

Resolución

La Agencia Estatal de Administración Tributaria publicó el pasado 11 de febrero una resolución por la que se modifican las condiciones y el procedimiento para la validación de los avales presentados por los representantes aduaneros ante la Administración Tributaria.

En dicha resolución se recoge de forma expresa que "los avales tipo 5, 7 y 9 para deudas aduaneras y tributarias por operaciones aduaneras que estén vigentes a la fecha de la reevaluación, podrán mantener su validez con posterioridad a dicho procedimiento administrativo si la persona avalada presenta la adenda prevista en el anexo III de la Resolución, como aval tipo 7”.

Desde FETEIA ya se comunicó la semana pasada que en esta referencia se interpretaba que la validez de los avales para la representación directa finalmente se mantendría.

Ahora bien, quedaba pendiente la nota informativa de interpretación de esta resolución, que hoy está previsto que Aduanas publique y que, como se ha indicado, no sólo recoge la validez de los avales en la representación directa, sino que la responsabilidad será subsidiaria y a dicha representación directa podrán acceder también todos aquellos representantes que en el marco del nuevo CAU lo soliciten, no sólo aquellos que gozaban de esta autorización antes del CAU, siempre y cuando no soliciten reducciones y exención de garantía.

Para el sector de la representación aduanera, inmerso en el proceso de reevaluación de las garantías que exige el CAU antes del próximo 1 de mayo, la publicación de esta nueva interpretación del Departamento de Aduanas representa un gran éxito y un inmenso alivio para un gran número de operadores.