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La APV recurre la orden de cese de vertidos y asegura que ha neutralizado las emisiones

La Autoridad Portuaria de Valencia ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra la orden de la concejalía del Ciclo Integral del Agua del Ayuntamiento de Valencia según la cual se instaba al puerto a cesar, inmediatamente, el vertido a la red municipal de saneamiento.

En el recurso al que ha tenido acceso Diario del Puerto, la APV considera que el cese del vertido es de “imposible cumplimiento” y que la orden de la concejalía es “lesiva y no ajustada a derecho”.

Tal y como se explica en el recurso, si se cesara el vertido en a red municipal, “se produciría la paralización y colapso del sistema de evacuación de residuos de la zona de servicio del Puerto de Valencia, lo que afectaría al propio interés general (empresas ubicadas en la zona portuaria y usuarios) al tratarse el Puerto de Valencia del primer puerto comercial del Estado Español”.

En el recurso la APV también explica la imposibilidad de cesar el vertido inmediatamente ya que para poder hacerlo con normalidad se requeriría una inversión de entre 1,5 y 2 millones de euros, y teniendo en cuenta que se trata de una administración pública, requeriría de una modificación de los presupuestos y una posterior licitación de la contratación, lo que conlleva un periodo de tiempo concreto.

Asimismo, la APV detalla en el recurso que las medidas alternativas propuestas por el Ciclo Integral del Agua con técnicamente inviables. De la misma forma, la instalación de una depuradora en el interior del puerto requeriría un tiempo de licitación (que podría rondar el año) al que habría que sumar el tiempo de ejecución de la obra.

Control

La Autoridad Portuaria de Valencia lleva meses aplicando medidas para minimizar el impacto de esos vertidos y considera que “se ha solucionado el problema de salud pública, pues a fecha de hoy los valores de ácido sulfhídrico son cero o muy por debajo de lo establecido en la normativa municipal”.

Para la APV, todas las actuaciones desarrolladas (que detalla en el recurso) “han concluido en una sustancial mejora de la calidad del vertido y la neutralización total de las emisiones de ácido sulfhídrico”.

Por este motivo, argumenta, “si no se producen emisiones de ácido sulfhídrico no existe riesgo de peligro para la ciudadanía, por lo que ningún daño se generaría si se adopta la medida cautelar interesada”, que no es otra que la suspensión de la resolución que confirmaba la orden de cese inmediato del vertido a la red municipal de saneamiento.