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Bilboestiba da a Trabajo un “sí” condicionado a la exclusión de las complementarias de la mesa

Las empresas de Bilboestiba CPE han respondido hoy a la petición de la Dirección General de Trabajo sobre su aceptación o rechazo a la hoja de ruta propuesta con un “sí” condicionado a la exclusión de una posible mesa de negociación de aquellas materias que la ley dictamina contrarias a derecho o que quedan fuera del ámbito de la negociación del convenio colectivo, como es el caso de las tareas complementarias.

  • Última actualización
    03 diciembre 2020 17:19

Bilboestiba-CPE muestra su disposición favorable a participar en el proceso negociador propuesto por la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social con la condición previa de que esté sometido al cumplimiento estricto de la legislación vigente. 

Ello supone, por ejemplo, dejar fuera de la negociación colectiva las tareas complementarias al haber sido legalmente excluidas, según Bilboestiba CPE,m que asimismo, pide excluir la realización de las actividades correspondientes al transporte horizontal, "asunto ya interpretado y ratificado por el TSJPV y, en general, toda aquella materia sobre la que las partes nos estén legalmente legitimadas a los efectos".

En su respuesta, Bilboestiba CPE considera también indispensable la desconvocatoria de la huelga y el mantenimiento de los ritmos de trabajo en parámetros normales.

Cambios legislativos

Tal y como transmitió en su día Bilboestiba-CPE a la Dirección General de Trabajo, "la raíz de este conflicto se halla en los recientes cambios legislativos aprobados para dar cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de diciembre de 2014, que supone la transformación del servicio portuario de manipulación de mercancías y afecta singularmente a las tareas complementarias, que ya no forman parte del servicio portuario de estiba y quedan excluidas de la negociación colectiva como reiteradamente, además, ha señalado la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y confirmado el Tribunal Supremo".

Además, en el caso de que no se lograse un acuerdo tras este proceso de negociación tutelada por la directora general de Trabajo, Bilboestiba-CPE propone que las partes "se sometan a un arbitraje para resolver las cuestiones que no se hayan podido consensuar y alcanzar un acuerdo definitivo que no dilate innecesariamente el conflicto en el Puerto de Bilbao".

Ejercicio de la huelga

A partir de ahora, será la Dirección General de Trabajo la que deba interpretar y dar validez o no a este “sí” condicionado de las empresas de cara a la apertura de una mesa de negociación, mientras los sindicatos deben valorar si con estos condicionantes pueden tomar la decisión de “dejar de ejercer el derecho de huelga”, tal y como habían anunciado en caso de que la respuesta de las empresas fuera afirmativa.