Menú
Suscripción

AECOC: Prohibir la carga y descarga incrementará los tiempos de espera en hasta 40 minutos

Tras el revuelo causado por la declaraciones de José María Bonmatí, director general de AECOC, imputando unos costes de 2.000 millones de euros a la prohibición de la carga y descarga, la propia asociación de cargadores ha emitido esta mañana un comunicado en el que precisa que "la prohibición de que el servicio de carga y descarga pueda ser realizado por los transportistas no supondrá un ahorro para los cargadores, sino una importante pérdida de eficiencia para el conjunto de la cadena de transporte que tendrá, entre otros, el impacto económico" de los citados 2.000 millones.

  • Última actualización
    17 julio 2020 15:17

Según AECOC, "la prohibición legal de la realización de la carga-descarga por parte del transportista no sólo no supondrá un ahorro de costes para unos en detrimento de otros, sino una pérdida de eficiencia para el conjunto de la cadena, estimada en 2.000 millones de euros anuales".

Desde la asociación se asegura que "conviene clarificar que esta cantidad no es el coste real de las operaciones de carga y descarga tal y como se realizan actualmente sino que es el fruto de las ineficiencias que se generarán como consecuencia del aumento de los tiempos de espera y por la necesaria duplicidad de recursos -los del transportista y los del punto de carga o descarga-, lo que supone un claro retroceso con respecto a la situación actual", aclara AECOC.

En este nuevo contexto, según la asociación, "la carga o descarga requerirá la disponibilidad no sólo de muelles sino de personal de descarga -difícil de gestionar en escenarios como los flujos tensos de las plataformas- lo que ampliaría en unos 30-40 minutos los tiempos de espera de los camiones".

También es importante precisar, según AECOC, que "los transportistas no podrían convertir en servicio las 1,5 horas de la actual carga o descarga de un vehículo completo".

En esta cuestión, AECOC es "partidaria de que se cumpla la Ley de Contrato de Transporte, presente también en las recomendaciones acordadas en 2008 con el Comité Nacional de Transporte por Carretera, que establece la posibilidad de que éste sea un servicio que pueda ser prestado por las empresas de transporte de acuerdo con el cargador, a cargo del cargador, y reforzar en todo caso su real cumplimiento, así como de valorar la puesta en marcha de los mecanismos necesarios para la mejora de las condiciones en las que se produce".