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Aprobadas las 44 toneladas

  • Última actualización
    23 julio 2025 13:46

El Boletín Oficial del Estado ha publicado por fin hoy miércoles 23 de julio la orden ministerial por la que se aprueban las 44 toneladas de masa máxima autorizada para los vehículos pesados en el transporte de mercancías por carretera.

MADRID. Tras largos años de reivindicación por parte de las asociaciones de cargadores y un intenso proceso de negociación con las patronales de empresas de transporte por carretera, hoy ha visto la luz la modificación normativa del reglamento general de vehículos que sitúa el transporte por carretera en una nueva dimensión.

De las actuales 40 toneladas, se incrementa la masa máxima autorizada hasta 44 toneladas en los vehículos articulados de 5 o más ejes y en los trenes de carretera compuestos por un vehículo de motor de 3 ejes con remolque de 2 o 3 ejes, o por encima en las distintas configuraciones posibles de vehículos para el transporte de madera en rollo, dada su especial casuística.

Por otra parte, se establece la exigencia de ampliar, para determinados tipos de transporte, la altura máxima permitida a 4,5 metros en los supuestos de transporte de paja, transporte de animales vivos y suministro de proveedores a industrias en distancias inferiores a 50 kilómetros.

Otra de las medidas destacadas de la reforma, son las modificaciones previstas para los conjuntos euro modulares, para los que se elimina la obligación de obtener una autorización para permitir su circulación, disminuyendo con ello las cargas burocráticas a las que estaba sometido el uso de este tipo de conjuntos.

A partir de ahora, por un lado, se incrementan los valores de masa y longitud máxima de conjunto autorizada hasta las 72 toneladas y 32 metros y por otro, estos conjuntos podrán circular libremente, conforme a los requisitos técnicos que la Jefatura Central de Tráfico establezca mediante resolución publicada en el BOE, por la red de itinerarios que, la autoridad competente en materia de seguridad vial apruebe, previo informe que los titulares de las vías emitan sobre limitaciones geométricas o estructurales.

Fuera de esta red de itinerarios la circulación de los euros modulares no estará permitida y, en caso de que precisen utilizar un tramo de carretera que no forme parte de la misma, deberán dividirse para formar un conjunto articulado o tren de carretera, cumpliendo los valores de masas y dimensiones máximas establecidas para estos tipos de conjuntos.

CETM denuncia la no inclusión de la cláusula para la adaptación de los precios a los sobrecostes

Nada más publicarse esta mañana en el BOE la aprobación de las 44 toneladas de masa máxima autorizada en el transporte de mercancías por carretera, la Confederación Española de Transporte de Mercancías por Carretera (CETM) ha emitido un comunicado en el que considera “inadmisible” que en la redacción final se haya suprimido la cláusula de adaptación de los precios al sobrecoste derivado de la capacidad de transportar más carga en un mismo vehículo.

CETM recuerda que se reclamó al Ministerio de Transportes la necesidad de incluir una disposición en la que se estableciera que los contratos continuados de transporte deben adecuarse teniendo en cuenta los mayores costes de operación incurridos por el transportista. De hecho, CETM recuerda que en las reuniones mantenidas, “el Ministerio incluyó en el borrador de la norma esta cláusula que, sorprendentemente, no se ha incorporado en la redacción final publicada en el BOE.

Desde CETM se considera, “inadmisible que no se haya recogido esta garantía ya que, si no se establece de manera clara que los sobrecostes no pueden ser asumidos en exclusiva por el transportista, esta medida deja de ser equitativa y se convierte en una ventaja para los cargadores y un perjuicio para los transportistas los cuales, por el escaso poder de negociación que tienen en el mercado, necesitan que cualquier cambio que afecte a los costes operativos de sus empresas venga acompañado de mecanismos que aseguren su repercusión efectiva en la cadena de valor o estaremos poniendo en peligro la viabilidad de empresas y autónomos del sector”.

De esta forma, CETM reclama al Ministerio de Transportes “que se respeten los acuerdos alcanzados, corrija la omisión y se incorpore de forma obligatoria esta cláusula en la normativa”.

La Confederación ha querido también “trasladar a los cargadores que no se pueden transportar más toneladas sin reconocer el impacto que esto tiene en los costes de explotación: mayor desgaste de vehículos, frenos y neumáticos, incremento del consumo de combustible y de los tiempos de carga y descarga, mayores exigencias técnicas y, en definitiva, un aumento importante del coste para los transportistas que debe ser justamente recompensado. Especialmente, si tenemos en cuenta que, aunque todos estos costes sean adecuadamente contemplados, el aumento de la MMA hasta las 44 toneladas supondrá una mejora de la productividad de los cargadores al reducir el coste por tonelada transportada en aproximadamente un 9%”.

AECOC calcula que con las 44 toneladas habrá una reducción de 2 millones de operaciones de transporte

La patronal de empresas cargadoras AECOC ha celebrado esta mañana la aprobación definitiva de la circulación de vehículos de mercancías de hasta 44 toneladas en España.

Según AECOC, “el respaldo de esta medida por parte del Ministerio y la estrecha colaboración con AECOC durante las negociaciones han sido claves para sacar adelante una reforma largamente esperada. Gracias a este diálogo constructivo y continuo, España se suma a otros 12 estados de la Unión Europea que ya aplican esta normativa, alineándose además con la reciente reforma de la Directiva europea de Pesos y Dimensiones”.

Según un estudio elaborado por AECOC junto con el Departament d’Infraestructura del Transport i del Territori de la Universitat Politècnica de Catalunya, el uso de vehículos de 44 toneladas supondrá un descenso de las emisiones contaminantes asociadas de hasta 129.340 toneladas de CO₂ anuales y reducirá más de 2 millones de operaciones de transporte.

A través de un comunicado, AECOC ha reiterado “su satisfacción por la aprobación de esta medida, que representa un paso clave para reforzar la competitividad empresarial, mejorar la sostenibilidad medioambiental y dar respuesta a las necesidades del transporte de mercancías por carretera en nuestro país”.

Fenadismer cifra el impacto en un 12% de los “kilómetros recorridos”

La patronal de transporte por carretera Fenadismer ha emitido esta mañana un comunicado en el que valora la medida del aumento de tonelaje a 44 toneladas, advirtiendo que a su juicio tendrá un impacto limitado en España, según el resultado de diferentes informes realizados en la materia, teniendo impacto principalmente en el transporte de combustibles, minerales y materiales de construcción.

Así, se estima que afectará a aproximadamente un máximo del 12% del total de kilómetros recorridos en el conjunto del transporte de mercancías por carretera en España y una reducción estimada del consumo de diésel del entorno del 8%, “coincidiendo con una fase expansiva de la economía española, lo que será previsiblemente absorbido de forma ordenada en el mercado del transporte por carretera en nuestro país, como así ha ocurrido en los países de nuestro entorno donde dicha medida está implantada”, afirma Fenadismer.

UNO califica la aprobación de las 44t de “hito estratégico”

Para la patronal logística UNO, en palabras de su presidente, Francisco Aranda, la aprobación de las 44 toneladas representa “un gran avance para el sector logístico español y un hito estratégico clave para reforzar su competitividad, mejorar su eficiencia operativa y alinearse con los estándares europeos. Es decir, se trata de una medida que nos permite competir mejor con nuestros colegas de la UE”.

“La autorización de las 44 toneladas representa un avance decisivo para modernizar nuestro modelo logístico. Fortalece la competitividad empresarial en el ámbito europeo, favorece una gestión más eficiente del transporte, reduce nuestro impacto medioambiental y contribuye a paliar la escasez estructural de conductores que tanto preocupa al sector”, ha subrayado Aranda.

Además, ha incidido en que “incrementar la carga útil por trayecto no solo mejora la eficiencia, sino que tiene un impacto directo en la sostenibilidad ambiental al reducir el número de vehículos en circulación y, por tanto, las emisiones de CO₂”. Asimismo, el presidente de UNO ha puesto en valor la importancia de equiparar la normativa española con la del resto de países europeos: “Llevamos mucho tiempo insistiendo en la necesidad de alinear nuestra regulación con la realidad de otros países de la UE, donde el uso de vehículos de gran tonelaje es una práctica común; y España no podía quedarse atrás en este aspecto”.

“La logística es estratégica para el desarrollo económico y social del país, y decisiones como esta son imprescindibles para asegurar un futuro competitivo”, ha afirmado Aranda.

ASTIC eleva el incremento de los costes por operación hasta el 18%

Desde la Asociación del Transporte Internacional por Carretera (ASTIC), se ha valorado “positivamente que se hayan por fin oficializado los cambios en el Reglamento General de Vehículos que se habían acordado hace más de dos años con los representantes del sector y que han sido publicados hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE)”.

El aumento a 44 toneladas para los conjuntos de cinco o más ejes, “es una medida largamente debatida que, si bien está en la vía de unificación con la normativa de otros países europeos tan cercanos como Portugal o Francia, tendrá un impacto directo en los costes operativos de nuestras empresas y requerirá una adecuada revisión de las relaciones contractuales en toda la cadena de transporte”, afirma ASTIC, que asimismo, celebra “la autorización sin trabas para los duotráileres en forma jurídicamente adecuada”.

Según ASTIC, “lo que sí debe tenerse en cuenta es que pasar de 40 a 44 toneladas supone incorporar hasta 4.000 kg adicionales de carga útil por viaje, lo cual afecta significativamente a los costes de operación: se estima que puede suponer incrementos de entre el 14% y el 18% en conceptos como consumo de combustible, desgaste de neumáticos y frenos, tiempos de carga y descarga, así como una menor velocidad media”.

“Estos factores tendrán que reflejarse en las relaciones contractuales entre transportistas y clientes a partir de la entrada en vigor de la norma”, alerta la patronal, quien también advierte de la necesidad de modificar el consumo máximo de 50.000 litros anuales computables en el gasóleo profesional, pues con las 44 toneladas más camiones superarán este consumo.