Esta modificación, ha explicado el ministro, tiene por objeto regular la instalación junto a las carreteras estatales de puntos de recarga eléctrica, que son un nuevo tipo de instalaciones con especiales singularidades.
“Se trata de promover el despliegue por operadores privados de una red de recarga de vehículos eléctricos que permita avanzar hacia el objetivo de minimizar la dependencia de los transportes respecto del petróleo y mitigar el impacto medioambiental del transporte”, ha señalado el departamento.
La Orden de accesos de 16 de diciembre de 1997 fue aprobada para desarrollar los preceptos del Reglamento General de Carreteras, relativos al régimen jurídico y condiciones técnicas sobre el otorgamiento, modificación y suspensión, temporal o definitiva, de las autorizaciones de accesos a las carreteras cuya gestión está atribuida a la Dirección General de Carreteras, así como a la construcción de instalaciones de servicios y suministros, y de sus correspondientes accesos, en las márgenes de las carreteras estatales y sus vías de servicio, fuera de las áreas de servicio.
El marco normativo vigente, y la Orden de accesos en particular, no contemplaba de forma expresa determinadas cuestiones que se han suscitado con posterioridad.
Puntos de recarga
En particular, se ha planteado en tiempos recientes la necesidad de llevar a cabo un importante despliegue de puntos de recarga eléctrica junto a las carreteras estatales. Este despliegue de puntos de recarga eléctrica se enmarca dentro de la orientación general que, desde la Unión Europea y el Gobierno de España, se está planteando para minimizar la dependencia de los transportes respecto del petróleo y mitigar el impacto medioambiental del transporte.