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Suscripción

El Supremo da la razón a los sindicatos y confirma la vigencia del convenio de Carretera

El Tribunal Supremo ha confirmado la vigencia del Convenio del Sector de Transporte de Mercancías por Carretera y Logística de Barcelona para los años 2007-2010, dando así la razón a los sindicatos UGT y CC. OO., quienes ya contaban con la sentencia favorable del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), recurrida por las patronales ACET y Transcalit.

  • Última actualización
    28 septiembre 2018 16:29

La sentencia del Tribunal Supremo desestima los recursos de casación interpuestos por la Asociación Catalana de Empresas de Transporte (ACET) y la Federació Catalana de Transports de Barcelona (Transcalit) contra la sentencia emitida por el TSJC el 12 de diciembre de 2013, que declaraba vigente el convenio de Barcelona. El sindicato UGT considera que la reafirmación del Supremo de la vigencia del convenio supone un nuevo rechazo de los tribunales "a la limitación de la ultractividad de los convenios impuesta por la reforma laboral".El convenio sectorial de Trasporte de Mercancías por carretera y Logística de Barcelona afecta a más de 30.000 trabajadores y es de aplicación en unas 350 empresas de sector, incluidas algunas de las grandes compañías de transporte, como DHL, Tradisa, Azkar o TDN.Desde UGT subrayan que "la sentencia concluye que el convenio sectorial no ha perdido vigencia y que, por tanto, es contrario a derecho el contenido de la comunicación que han efectuado diversas empresas expresando que el convenio ha perdido vigencia y eficacia y que las relaciones laborales se pasarán a regir por el Acuerdo General de Mercancías y el Estatuto de los Trabajadores".Un largo conflictoEl 13 de diciembre de 2013, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya emitía la sentencia en la que declaraba la vigencia del Convenio Colectivo del Sector del Transporte de Mercancías por Carretera y Logística de la provincia de Barcelona para los años 2007-2010. El TSJC consideraba que el convenio caducado seguía en vigor porque en él hay una cláusula que fija que éste se prorrogará de forma inmediata si se prolongan las negociaciones para consensuar uno nuevo, algo que a juicio de los sindicatos, y que ahora reafirma el Supremo, había ocurrido.CC.OO. y UGT habían presentado con anterioridad una demanda contra las patronales Transcalit y ACET-UNO Catalunya por dejar de aplicar el convenio colectivo 2007-2010 al entender que se hallaba afectado por la ultractividad.En la vista, las patronales alegaban que las negociaciones estaban rotas desde noviembre de 2011, mientras que los sindicatos aseguraban que se habían celebrado múltiples reuniones durante 2013, algo que el TSJC consideraba probado.Desde UGT recuerdan que el convenio vencía el 31 de diciembre de 2010 y que las patronales se negaron a negociar durante dos años y medio a la espera de que éste perdiera vigencia en julio de 2013.Ahora, la sentencia del Supremo "significa que el convenio no ha decaído y sigue vigente, de manera que se han agotado las excusas que las patronales han esgrimido durante años para no sentarse a negociar y a las empresas que han dejado de aplicar el convenio, las excusas para no aplicarlo", subraya el sindicato UGT.La parte sindical se muestra satisfecha con la sentencia del Tribunal Supremo y asegura que, aunque "nos queda mucho camino para restablecer la condiciones sociales y económicas del sector que se han perdido en estos años", seguirán "luchando por un convenio sectorial fuerte que luche contra los convenios de empresa que recortan derechos y contra la competencia desleal de aquellas empresas que contratan empresas de servicios que someten a trabajadoras y trabajadores a condiciones sociales y salariales de mínimo".