La infracción fue responsabilidad de IHG Logistics, comprada por Rhenus en 2006, por lo que el tribunal considera que Rhenus es la responsable de la multa. La Audiencia Nacional anuló la multa de la CNC, al considerar que la infracción fue responsabilidad de IHG Logistics. El Supremo, sin embargo, argumenta que "a la hora de depurar las responsabilidades de carácter económico" en el caso de sucesión de empresas, hay que tener en cuenta el criterio de "la permanencia de una entidad económica y empresarial o, dicho en otros términos, la identidad substancial entre las empresas sucesivas".