La reforma fiscal del Gobierno de 2014 estableció que a partir de 2016 sólo podrían continuar acogidos al régimen de módulos aquellos transportistas autónomos cuyo volumen de rendimientos íntegros (esto es, su facturación anual antes de IVA) no superara los 75.000 euros, salvo que trabajaran para clientes particulares, en cuyo caso el límite de facturación se establecía en 150.000 euros.Esto tenía una clara y directa implicación en el ámbito del transporte por carretera, ya que la mayoría de conductores autónomos quedaban fuera de este ámbito.Diversas organizaciones de transportistas encabezadas por Fetransa han liderado una intensa campaña a nivel parlamentario en los últimos meses para intentar lograr que el Gobierno rectificara en su medida, impulsando unos nuevos límites de facturación.Finalmente el Gobierno, a través del Grupo Parlamentario Popular, aceptó la modificación e introdujo la citada enmienda que, materializada esta semana, no supone un paso atrás en la reforma pero si el establecimiento de un periodo transitorio.La modificación aprobada fija el límite de exclusión del régimen de módulos a 125.000 euros de facturación anual (o 250.000 euros si la facturación se realiza exclusivamente a clientes particulares), ahora bien, sólo para los ejercicios fiscales de 2016 y de 2017, lo que permitirá que se acojan numerosos transportistas autónomos. Eso sí, a partir de 2018 regirá ya el límite de 75.000 euros, finalizando por tanto el periodo transitorio aprobado.