Entre otras novedades, la nueva norma impide temporalmente las recalificaciones de suelos por parte de las administraciones autonómicas o locales durante el proceso de planificación de una carretera. Se mejoran así los sistemas de coordinación entre Administraciones en lo que se refiere a planificación viaria y ordenación del territorio.Además, se evitan posibles actuaciones especulativas sobre el terreno que puedan generarse durante la planificación y el desarrollo de una nueva infraestructura.
La nueva Ley articula medidas para la mejora de la seguridad vial, imponiendo la obligación de evaluaciones de impacto sobre la seguridad vial en la planificación de nuevas carreteras y auditorías de seguridad viaria en la fase previa a la puesta en servicio y durante la explotación. Las Directivas Europeas establecen estas obligaciones en los tramos incluidos en las Redes Transeuropeas. La nueva Ley extiende esta obligación a toda la Red de Carreteras del Estado.
Se introducen asimismo medidas más eficaces de protección del patrimonio público viario. De este modo, se faculta a la Dirección General de Carreteras a requerir a los infractores la restitución de la legalidad viaria. Se mantiene además la prohibición de publicidad, visible desde las calzadas, fuera de los tramos urbanos. No obstante, como novedad se contempla que el Ministerio de Fomento podrá ordenar, incluso en las travesías, la retirada de publicidad que pueda afectar a la seguridad viaria o a la adecuada explotación de la vía.
La nueva normativa permitirá que la promoción de las áreas de servicio se realice mediante iniciativa privada, orientada a mejorar la explotación de la carretera y el servicio a los usuarios. Por lo tanto, además de las áreas de servicio promovidas por el Ministerio de Fomento, cualquier interesado podrá solicitar la concesión y promover el desarrollo de un área de servicio.
La Ley establece la necesidad de facilitar aparcamientos seguros. Se trata de áreas de descanso que dispondrán de características y servicios específicos para garantizar la seguridad de los conductores, sus vehículos y mercancías, tales como vallado perimetral, iluminación, cámaras de vídeo-vigilancia o accesos controlados por barreras de seguridad.
La Ley incluye, además, entre las competencias del Ministerio de Fomento, el establecimiento de determinados equipamientos, como los sistemas inteligentes de transporte. Es el caso de sistemas electrónicos, informáticos y telemáticos, para mejorar la explotación del sistema viario y la circulación en la carretera.
La nueva Ley de Carreteras incrementa las cuantías de las sanciones establecidas en la normativa de autopistas de 1973 en los casos de incumplimiento en la prestación del servicio viario. La cuantía de la sanción máxima se fija en 15.000€.