En febrero de 2012, ante la situación de fuerte disminución de la actividad, los gestores de Transportes Ochoa decidieron presentar un ERE que afectaba hasta un máximo de 200 trabajadores y que fue aprobado por la Dirección General de Empleo en el mes de marzo.Automáticamente, el sindicato CC.OO. presentó un recurso contra dicho ERE que fue finalmente tramitado por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que notificó el miércoles a las partes su sentencia, en la cual se desestima el recurso.CC.OO. recurrió el ERE por diversas razones, entre ellas por considerar que Transportes Ochoa “era rentable”.A este respecto, la Audiencia Nacional considera probado que en 2010 la empresa tuvo un resultado negativo de más de 7 millones de euros y en 2011 de más de 6 millones, es decir, “una situación económica negativa de extrema gravedad” a juicio de la Audiencia Nacional.Fortísima reducciónIgualmente, según este órgano judicial, queda probado que Ochoa pasó de tener una facturación de 92 millones de euros en 2009, a 91 millones en 2010 y 84 millones en 2011, “una fortísima reducción de la actividad demostrada además por la reducción del número de servicios, kilos de mercancías y cantidades percibidas”.El proceso de degradación de la compañía tenía “sólidos fundamentos”, según la Audiencia Nacional, lo que hace que estuviera “justificado” el ERE de hasta 200 trabajadores, que iba a permitir según la sentencia un ahorro de 6,1 millones de euros y, por tanto, enjugar las pérdidas.La sentencia igualmente rechaza otros argumentos que planteó Comisiones Obreras. Por un lado, se rechaza que haya argumentos para probar que los gestores de Ochoa despatrimonializaron la compañía en beneficio de Riojana de Naves Industriales. La Audiencia Nacional considera que por el mero hecho de tener como accionistas personas físicas coincidentes no por ello existe un grupo empresarial ni existe actividad fraudulenta en la compra-venta de activos entre ambas, por cuanto las operaciones se hicieron a precio de mercado, sirvieron para sanear el capital de Ochoa y, además, según la propia sentencia “evitaron que 2011 fuera un año aún más calamitoso”.La Audiencia rechaza igualmente que el ERE no se atuviera a la legalidad por no recoger los nombres de cada uno de los empleados afectados. En su sentencia la Audiencia Nacional considera suficiente la identificación de las categorías y de los puestos afectados.Por último, hay que destacar que igualmente la Audiencia Nacional rechaza como motivo para declarar el ERE ilegal que Ochoa viniera procediendo a la externalización de sus servicios de transporte y a la contratación para los mismos de autónomos, procedimiento que la Audiencia considera probado que no fue ni “abusivo ni ilícito”.La Audiencia Nacional considera probada “la concurrencia de causa económica, puesto que la reducción de la actividad de la empresa era de tal magnitud que ponía en riesgo su viabilidad futura y la pervivencia del empleo”, desestimando el recurso de CC.OO.FOGASACerca de 190 trabajadores se vieron finalmente implicados en este ERE, que no pudo ser aplicado hasta que la compañía no se declaró en concurso de acreedores y la administración concursal ordenó su ejecución. Debido al proceso judicial abierto, el Fogasa sigue sin haber abonado las indemnizaciones a estos trabajadores. Habrá que ver si CC.OO. opta por seguir manteniendo el proceso abierto y por recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo.