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Las compañías de mensajería con autorización de operador de transporte deberán aplicar el II Acuerdo General

La AEM (Asociación Española de Mensajería), ha llegado a un acuerdo con CETM y CEOT (UNO, Anatrans y ASTIC) por el que será de aplicación el II Acuerdo General de Transporte de Mercancías por Carretera a las actividades que requieran autorización administrativa, bien sea de transporte público de mercancías o de operador de transporte.

  • Última actualización
    29 septiembre 2018 01:33

La AEM demandó en su día a los firmantes del II Acuerdo General (CETM, CEOT, UGT y CC.OO.) ante la Audiencia Nacional por falta de legitimidad y representatividad en la firma del II Acuerdo General al incluir en su ámbito a la mensajería Ahora, la AEM ha firmado con las patronales un acta de conciliación ante la Audiencia Nacional de fecha 21 de marzo de 2013 que supone que aquellas empresas de paquetería o mensajería que tengan autorización de operador de transporte tendrán que aplicar convenios de transporte al estar incluidos en el II Acuerdo General.Consecuentemente, el Convenio Colectivo de Mensajería sólo será aplicable a empresas de mensajerías puras, es decir, aquellas que realicen reparto con motocicletas o vehículos de menos de 2 Tn de Masa Máxima Autorizada y que no hagan actividades de mediación, organizando o subcontratando transporte, en definitiva, aquellas empresas que no necesiten autorización administrativa para su funcionamiento. Según UNO, cabe destacar que la mayoría de las empresas de AEM necesitan de dicha autorización de operador de transporte. Así es como la AEM ha conseguido acreditar su representatividad para poder formar parte del CNTC, “por lo que la errónea aplicación del Convenio Colectivo de mensajería por parte de algunas empresas tiene los días contados”, aseguran fuentes de UNO.