Menú
Suscripción

Las patronales de transporte por carretera presentan el recurso contra las 44 toneladas de Catalunya

Las principales patronales de ámbito nacional del transporte por carretera, de acuerdo con la posición adoptada por el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC), presentaron el miércoles el anunciado recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya contra la Resolución aprobada el pasado 14 de Diciembre por el Departamento de Interior de la Generalitat por la que se autoriza la circulación por las carreteras catalanas de camiones con mayor tonelaje (44 toneladas de masa máxima) al permitido en el resto del territorio nacional (40 toneladas).

  • Última actualización
    29 septiembre 2018 02:04

Según el comunicado hecho público ayer por Fenadismer, una de las patronales que respaldan el recurso, entre los fundamentos planteados por las organizaciones de transportistas contra la medida unilateral adoptada por el Gobierno catalán cabe destacar la, a su entender, "falta de competencia de la Generalitat de Catalunya al vulnerar el reparto competencial previsto en la Constitución Española en materia de pesos y dimensiones de los vehículos de transporte que corresponde en exclusiva al Estado".

De igual forma, las patronales recurrentes consideran que se produce una "infracción del Derecho comunitario al vulnerar la Directiva europea 96/53/CEE, que regula los pesos y dimensiones máximas de los vehículos de transporte, además en fraude de ley por cuanto la resolución catalana se fundamente en su carácter innovador desde un punto de vista de la tecnología de los vehículos autorizados al aumentar el tonelaje, lo que es absolutamente falso ya que los vehículos que se pueden beneficiar de la medida son todos aquellos matriculados a partir de 2006, es decir, con tecnologías de hace más de 6 años".

Además, se afirma que "la resolución catalana pretende privilegiar a los puertos, aeropuertos y estaciones ferroviarias de la Comunidad Autónoma para atraer más mercancías a dichos destinos para su posterior trasvase a los vehículos de transporte por carretera, a diferencia de lo que se puede hacer en el resto del Estado".

Las organizaciones de transportistas recurrentes han solicitado como medida cautelar la suspensión provisional de la resolución catalana impugnada, dado el, a su entender, "efecto perverso" que la aplicación de la normativa catalana puede provocar en la competencia real entre las empresas transportistas y en la ordenación del sector del transporte por carretera.