El Ministerio de Fomento ha decidido excluir temporalmente los tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías y viajeros por carretera a las operaciones que tuvieran lugar en Cataluña entre el 14 y el 20 de octubre, debido a los continuos cortes y bloqueos en las carreteras catalanas durante ese periodo.
Así se publicó el jueves pasado en el Boletín Oficial del Estado, donde especifica que se ha tenido en cuenta "los distintos acontecimientos que se han venido produciendo estos días en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña, que han afectado seriamente al tráfico y a la libre circulación en algunas infraestructuras viarias; que estas alteraciones del tráfico han afectado al suministro nacional y a la actividad económica y que debido a ellas muchos conductores se encontraron inmovilizados lejos de sus lazos familiares y profesionales y con dificultades para dar un cumplimiento efectivo de las disposiciones del reglamento”.
Por ello, según cita el reglamento, la Dirección General de Transporte Terrestre ha acordado “exceptuar temporalmente a las operaciones de transporte de mercancías y viajeros afectadas por estas circunstancias del cumplimiento de las normas establecidas en los artículos 6 a 9 del Reglamento 561/2006”.
Según explica la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), la Dirección General de Transporte Terrestre ha adoptado esta medida a petición de CETM, que solicitó en repetidas ocasiones al Gobierno y a la Generalitat que se adoptara ante los graves perjuicios ocasionados a los conductores.
En este sentido, la Confederación Española de Transporte de Mercancías ha celebrado esta decisión al entender que, “aunque los daños económicos son irreversibles para el sector del transporte de mercancías por carretera, de esta manera se evitan sanciones injustas a los transportistas, que no tenían opciones ante la irrupción de su trabajo de manera forzosa por parte de los CDR”.