Este martes se ha dado un nuevo paso más tendente a la definitiva aprobación en Europa del Paquete de Movilidad, gracias al acuerdo adoptado en la Comisión de Transportes del Parlamento Europeo, que por una amplia mayoría ha ratificado el texto aprobado en su día.
Los diferentes proyectos legislativos que comporta el Paquete de Movilidad han ido superando todos los trámites legislativos necesarios para su definitiva aprobación, como ocurrió el pasado 12 de diciembre en la reunión del Trílogo Interinstitucional de la UE en la que participan las tres instituciones básicas de la UE, el Parlamento, el Consejo y la Comisión, y más recientemente, con su ratificación el pasado 20 de diciembre por parte por parte del COREPER, esto es, del Comité de representantes de los gobiernos nacionales de la Unión Europea.
Ahora ha sido la ratificación por parte de la Comisión de Transportes del Parlamento Europeo del Paquete y ya sólo queda la ratificación en las próximas semanas por parte del Consejo y del Pleno del Parlamento, dando paso a la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El acuerdo mantiene los actuales límites existentes para el cabotaje (tres operaciones en siete días), introduciendo un "período de enfriamiento" de cuatro días antes de que se puedan realizar más operaciones de cabotaje dentro del mismo país con el mismo vehículo.
Asimismo para luchar contra el uso de las empresas buzón, las empresas de transporte por carretera necesitarán acreditar que tienen actividad “real” en el estado miembro en el que están registradas, para lo que se exigirá que los camiones regresen al país de matriculación cada ocho semanas.
En relación con lo anterior, las empresas deberán organizar sus horarios para que los conductores en el transporte internacional de carga puedan regresar a sus hogares a intervalos regulares (cada tres o cuatro semanas, según el horario de trabajo).
Además se mantiene la prohibición de que el período de descanso obligatorio al final de la semana, conocido como descanso semanal regular, se puede tomar en la cabina del camión. Si este período de descanso se realiza fuera del domicilio del conductor, la empresa de transporte deberá sufragar los gastos del alojamiento.