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La DGT permitirá que las empresas de transporte consulten los puntos de sus asalariados

  • Última actualización
    02 marzo 2023 16:28

Según ha podido saber Fenadismer, la Dirección General de Tráfico (DGT) ya está trabajando en el desarrollo en una nueva aplicación de consulta online para que las empresas y autónomos dedicados al transporte de personas o de mercancías puedan conocer si un conductor profesional que trabaja para ellos mantiene los puntos o se encuentra en situación de suspensión o pérdida por otros motivos.

MADRID. La Federación considera muy positiva dicha medida preventiva ya que contribuirá a mejorar la seguridad vial del transporte por carretera, a la vez que eliminará la inseguridad jurídica a la que se enfrentan en la actualidad las empresas transportistas que no tienen manera de conocer en qué condiciones habilitantes se encuentran sus conductores.

Entre las numerosas novedades que incluyó la reforma de la Ley de Seguridad Vial que entró en vigor en marzo del pasado año, se incluyó la relativa a la posibilidad de que las empresas de transporte puedan consultar de forma ágil la situación administrativa de los permisos de conducir de sus conductores asalariados, ya que en la actualidad las empresas no tiene capacidad legal de obligarles a que comuniquen su situación administrativa, con el riesgo añadido de que la propia empresa podría incurrir en un sanción de transporte si se detectara tal circunstancia en un control en carretera.

La aplicación de consulta online, a través de la web de la DGT, que estará operativa antes de que acabe este año, para que las empresas y autónomos dedicados al transporte de personas o de mercancías puedan conocer si un conductor profesional que trabaja para ellos ha perdido completamente los puntos de su permiso de conducir o bien se encuentra en situación de suspensión o pérdida por otros motivos judiciales o administrativos, sin que para obtener esa información tenga que obtener ningún consentimiento del conductor afectado.

En todo caso, la información solo se facilitará a la empresa respecto de los conductores que tenga en plantilla, lo que se comprobará por la aplicación a través de su cruce con la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Asimismo, tal y como también prevé la reforma de la Ley de Seguridad Vial, en 2024 se prevé que se apruebe el procedimiento legal que permita a las empresas de transporte realizar controles iniciales, periódicos, o aleatorios tanto de alcohol como de drogas y otras sustancias psicoactivas de sus conductores durante el ejercicio de su actividad profesional. Para la puesta en marcha de dicho procedimiento, la Ley prevé su consulta previa a las asociaciones de transportistas que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera.