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La Unión Europea adopta el Reglamento Euro 7 tras finalizar su tramitación

  • Última actualización
    12 abril 2024 13:22

El Consejo ha adoptado hoy el Reglamento Euro 7, que establece normas sobre los límites de emisiones para los vehículos de carretera y sobre la durabilidad de las baterías. Esta adopción constituye el último paso del procedimiento decisorio.

BRUSELAS. El texto adoptado hoy, un único acto jurídico, abarca los turismos, las furgonetas y los vehículos pesados y tiene por objeto reducir aún más las emisiones de contaminantes atmosféricos procedentes de los gases de escape y los frenos. Además, el nuevo Reglamento establece unos requisitos de vida útil más estrictos.

El Reglamento Euro 7 establece normas para las emisiones de escape de los vehículos de carretera y para otros tipos de emisiones, como las provocadas por la abrasión de los neumáticos y las de partículas de los frenos. También introduce requisitos para la durabilidad de las baterías. En relación con los turismos y las furgonetas, el Reglamento mantiene los actuales límites de emisiones de escape Euro 6, pero introduce requisitos más estrictos para las partículas sólidas. Por lo que respecta a los autobuses y camiones pesados, el Reglamento impone límites más estrictos para diversos contaminantes, incluidos algunos que hasta ahora no se habían regulado, como el óxido nitroso (N₂O).

Además, el Reglamento Euro 7 establece límites más estrictos para las emisiones de partículas producidas durante el frenado y fija límites específicos a este respecto para los vehículos eléctricos. Las nuevas normas incluyen también unos requisitos de vida útil más estrictos para todos los vehículos, relativos tanto al kilometraje como a la vida útil.

Tras haber aprobado hoy el Consejo la posición del Parlamento Europeo, el acto legislativo ha quedado adoptado. Una vez que los presidentes del Parlamento Europeo y del Consejo hayan firmado el Reglamento, este se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor a los veinte días de su publicación.

Fechas de aplicación

• 30 meses para los nuevos tipos de turismos y furgonetas, y 42 meses para los turismos y las furgonetas nuevos.

• 48 meses para los nuevos tipos de autobuses, camiones y remolques, y 60 meses para los autobuses, camiones y remolques nuevos.

• 30 meses para los sistemas, componentes o unidades técnicas independientes nuevos que vayan a instalarse en turismos y furgonetas, y 48 meses para los que vayan a instalarse en autobuses, camiones y remolques.