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Fenadismer "exige" al Gobierno un Decreto Ley para regular las empresas buzón

La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) ha enviado un comunicado indicando que "va a exigir al Gobierno español que apruebe mediante Decreto Ley y a la mayor brevedad" la regulación de las empresas buzón que operan en el sector de transporte en España, cuando la nueva Ley que traspone la Directiva europea sobre desplazamiento de conductores debería estar aprobada antes de Febrero.

  • Última actualización
    07 diciembre 2021 12:13

"Pese a que la nueva Ley que traspone la Directiva europea sobre desplazamiento de conductores debería estar aprobada antes de Febrero, el Gobierno aún no ha elaborado el texto normativo que permitirá un mayor control de las empresas de transporte extranjeras que operan en España", ha expuesto Fenadismer.

En el último año Fenadismer ha venido reclamando la necesidad de tramitar la aprobación de dicha regulación en España "para poder controlar la competencia desleal que en los últimos años viene soportando nuestro sector por parte de estas empresas de transporte extranjeras". 

No obstante, desde la Federación han indicado que "sorprende la absoluta dejadez con que el Gobierno ha actuado en este asunto ya que, faltando apenas dos meses para que dicha regulación debiera estar aprobada, ni siquiera ha elaborado el texto legal que permitiría su aplicación en España". 

Asimismo, ha indicado que muchas de estas "empresas buzón pertenecen a grandes flotistas españoles, que han deslocalizando artificialmente las sedes de sus empresas en dichos países, con un evidente fraude tanto laboral como fiscal".

En el Paquete de Movilidad

Dicha regulación fue incluida por la Unión Europea en el denominado Paquete de Movilidad aprobado en julio del pasado año, el cual incluyó, entre otras medidas, la aprobación de la Directiva europea sobre desplazamiento de conductores entre países de la Unión Europea, que exige que los conductores que realicen operaciones de transporte internacional o de cabotaje perciban el salario mínimo del país en el que el transporte es efectuado, excluyendo de esta obligación a los transportes en tránsito así como a los transportes bilaterales. 

Para su control, la empresa de transportes deberá realizar previamente una declaración de desplazamiento de sus conductores, que deberá enviar a un sistema electrónico centralizado en la Comisión Europea, para posteriormente el Estado de acogida, es decir, el país donde se presta el servicio, poder controlar la correcta realización del mismo y el cumplimiento de las obligaciones salariales.

"Sin embargo, al parecer las diferencias entre el Ministerio de Trabajo y de Transportes sobre dicha regulación han llevado a que a fecha de hoy siga sin tramitarse la nueva Ley, lo que previsiblemente impedirá que España pueda aplicar en nuestro país la Directiva europea, y en consecuencia que las empresas buzón puedan seguir trabajando en nuestro país con total impunidad", han explicado.

Para llevar a cabo dicha regulación, Fenadismer ha señalado que es necesaria la negociación por parte del Gobierno con las asociaciones de transportistas su contenido, "a fin de minimizar el gravísimo daño que esta lacra está ocasionando tanto a las empresas transportistas españolas como a las arcas públicas".