Esta medida viene establecida en el Real Decreto 1417/2005, de 25 de noviembre, por el que se regula la utilización, instalación y comprobación del funcionamiento de dispositivos de limitación de velocidad en determinadas categorías de vehículo, como es el caso de aquellos con una MMA superior a las 3,5 toneladas de peso. Por tanto, afecta a los vehículos dedicados al transporte de mercancías y a los que mueven viajeros.Con estas medidas, la Administración pretende lograr una mejora de la seguridad vial a la vez que una mayor protección del medio ambiente, dos aspectos que considera esenciales para garantizar una movilidad sostenible.