El acuerdo entre transportistas y cargadores se alcanzó durante una reunión en la que partiparon representantes de la Autoridad Portuaria de Barcelona (APB), del Consejo de Usuarios del Transporte, las asociaciones de transporte de contenedores ALTC y Transcont Barcelona, y miembros de las asociaciones de consignatarios, transitarios y agentes de aduanas.Según este acuerdo, los transportistas incluirán un recargo en sus servicios de transporte que irá variando en función del comportamiento del precio del combustible. Esta cláusula permitirá actualizar de forma automática el precio de los servicios de transporte en función de la evolución del precio del gasóleo.El cálculo del canonLa referencia que se ha tomado para fijar la cuantía de este canon es un estudio elaborado por el Institut Cerdà. Según este estudio, desde enero el precio del combustible se ha encarecido un 28 por ciento.En el informe, el Institut Cerdà calcula que este incremento en el precio del gasóleo supone un aumento del 10% en los costes de las empresas de transporte terrestre de contenedores.Teniendo como referencia este incremento, las empresas de transporte terrestre de contenedores deberían aplicar un canon aproximado del 10% a sus servicios. Durante la reunión, se fijó la fecha de 1 de julio para el inicio de la aplicación de esta cláusula en los contratos de transporte. Periódicamente, se realizará una actualización del recargo en función de los precios de mercado del combustible.Según el acuerdo alcanzado por ambas partes, durante dos meses se controlará el precio del gasóleo y se fijará un porcentaje orientativo de lo que éste supone para los transportistas. Durante el mes posterior, éstos informarán a sus clientes de las posibles variaciones que experimente este canon, que se empezará a aplicar el dia 1 del mes siguiente. Variación trimestralDe esta forma, el canon se revisará cada dos meses y se variará trimestralmente. Por tanto, la próxima revisión del canon, que contemplará los precios del combustible durante julio y agosto, se empezará a aplicar a partir del día 1 del próximo mes de octubre.Con esta medida, tanto las empresas de transporte como los transportistas autónomos esperan poder hacer frente a la continua escalada del precio del combustible sin que sus cuentas de resultados se resientan de forma significativa. El acuerdo entre las empresas cargadoras y los transportistas del Puerto de Barcelona se ha alcanzado en aplicación de los acuerdos conseguidos entre el Gobierno español y el sector del transporte el pasado mes de junio. Estos acuerdos incluían las fórmulas de cálculo de las cláusulas de revisión que se deben aplicar en los transportes para paliar el desmesurado crecimiento del coste del combustible.Esta cláusula que las empresas de transporte terrestre incluirán en sus facturas no es nueva en el sector.De hecho, es muy similar a otros cánones que se vienen aplicando desde hace tiempo en el transporte de mercancías, como es el caso del BAF (Bunker Adjustment Factor) del sector marítimo o el recargo por combustible que aplica el sector aéreo.