El ERE fue presentado el pasado jueves, día 26, y afecta a 170 trabajadores. Los estibadores, a través del presidente del comité de empresa y coordinador de la Zona Canaria del sindicato Coordinadora, consideraron la ilegalidad de esta regulación de empleo, que incumple al menos dos de los puntos del Acuerdo Marco que rige las relaciones laborales en el sector. En concreto, Miguel Rodríguez hace referencia al porcentaje de caída de la actividad portuaria, y al incumplimiento de los trámites de presentación del ERE desde el punto de vista formal.En el primer caso, el Acuerdo Marco condiciona la presentación de un expediente de regulación de empleo al hecho de que la caída de la actividad se situé por debajo del 75%, y que además se prolongue a lo largo de un mínimo de seis meses. Al respecto, el presidente de ASEP recuerda que el ERE del Puerto de la Luz y de Las Palmas se ha presentado cuando se ha producido una caída de la actividad durante tan sólo dos meses, que si bien en enero fue del 70% en febrero no va a ser inferior al 90%. Además, el ERE ha sido presentando directamente ante la Dirección General de Trabajo, cuando el Acuerdo Marco establece que debe presentarse previamente ante la Comisión Sectorial Estatal. El incumplimiento de ambos puntos convierte, por tanto, en improcedente el expediente presentado por Sestiba, resume el presidente de ASEP. Miguel Rodríguez concluye que frente a la reiterada disponibilidad manifestada por los trabajadores a negociar una regulación de empleo que, entre todos, ayude a paliar los efectos de la crisis con el menor impacto laboral posible, los empresarios tratan de imponer un ERE de forma unilateral e ilegal. ERE justificadoPor su parte, a Asociación de Consignatarios y Estibadores de Buques de Las Palmas, a través de un comunicado, estiman que la medida de extinción de los contratos de trabajo se ajusta a lo previsto en el Artículo 51 del TRLE, al concurrir causas económicas, puesto que se acreditan pérdidas en las cuentas y balances de la sociedad, continuadas y cuantiosas, y, la amortización de puestos de trabajo propuesta coopera a superar esa situación económica negativa.En el mismo sentido, concurren causas productivas que justifican la medida propuesta, al existir dificultades en el buen funcionamiento de la empresa, que no se ajusta a las necesidades de la demanda y la coloca en una situación de debilidad en el mercado en el que desarrolla la actividad. Para la asociación empresarial, la extinción de los contratos de trabajo implica ajustar la plantilla con la consiguiente superación de las dificultades que en el orden competitivo se ha reiterado en la memoria presentada.