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La CE aprueba un periodo transitorio hasta 2024 para instalar el tacógrafo inteligente de segunda generación

La Comisión Europea, a través del nuevo paquete de movilidad, ha aprobado un periodo transitorio que durará hasta diciembre de 2024 para que los transportistas puedan sustituir sus tacógrafos analógicos y digitales por el nuevo tacógrafo inteligente de segunda generacion.

  • Última actualización
    17 agosto 2020 13:29

El pasado 31 de julio fue publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el nuevo paquete de movilidad con las diferentes normas legales en materia de transporte, entre las que se encuentran las nuevas modificaciones introducidas al Reglamento sobre tiempos de conducción y descanso y sobre utilización del aparato tacógrafo.

Una de las novedades, explica Fenadismer, que incluye la nueva regulación aprobada se refiere al nuevo tacógrafo inteligente de segunda generación, que permitirá registrar de forma más precisa la posición y labor que realizan los conductores profesionales a fin de poder controlar de forma más adecuada la nueva regulación prevista en el Paquete de Movilidad sobre deslocalización de conductores en transporte internacional (esto es, la regulación sectorial sobre desplazamiento de trabajadores), las nuevas limitaciones a las operaciones de cabotaje así como otras nuevas medidas recogidas en el paquete normativo tendentes a garantizar una competencia más leal entre las empresas.

Así, el tacógrafo inteligente de segunda generación permitirá registrar el lugar donde se inicia el trabajo diario, los cruces de fronteras, las labores de carga y descarga, el seguimiento de la conducción acumulada cada tres horas y el lugar de finalización del periodo de trabajo diario. 

Dicho aparato será instalado en todos los vehículos de transporte nuevos una vez que la Comisión europea defina sus especificaciones técnicas en los próximos 12 meses, estimándose que en los siguientes 2 años, estos es, como límite antes de agosto de 2023, los vehículos que se matriculen deberán ir equipados con los nuevos tacógrafos.

A partir de esa fecha se establece un plazo transitorio para la sustitución de los vehículos que  vayan equipados con tacógrafos de anterior generación. 

Así los vehículos que lleven instalado un tacógrafo analógico o digital no inteligente, esto es, anterior al 15 de junio de 2019, tendrán la obligatoriedad de instalar un tacógrafo inteligente de segunda generación antes de diciembre de 2024. Y los vehículos que lleven instalado un tacógrafo inteligente de primera generación deberán sustituirlo por el de segunda generación antes de agosto de 2025.

Por último, también cabe recordar asimismo que los vehículos ligeros entre 2.5 y 3.5 toneladas de MMA, que en la actualidad está exentos de ir provisto de aparato tacógrafo, deberá instalarlo antes de julio de 2026 si realizan transporte internacional, aunque el Ministerio de Transporte podría valorar la posibilidad de hacerlo extensivo también al transporte nacional en nuestro país.

Según las estimaciones realizadas por Fenadismer, en la actualidad en España de la flota total de transporte por carretera tanto de mercancías como de viajeros, aproximadamente unos 440.000 vehículos están obligados a llevar aparato tacógrafo, los cuales deberán sustituir sus actuales aparatos tacógrafos conforme a los plazos antes establecidos. De ellos, un 80% son digitales y el resto, esto es, un 20% son aún tacógrafos analógicos por ser la antigüedad del vehículo donde van instalados superior a los 14 años, siendo especialmente significativa en el caso del transporte privado en el que más del 50% de la flota supera dicha antigüedad.