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Las autoridades portuarias españolas pasan a ser los órganos sustantivos de las DIA

Las autoridades portuarias españolas serán el órgano sustantivo de las resoluciones de las Declaraciones de Impacto Ambiental de los diferentes proyectos portuarios, así lo ha ratificado el director general de Calidad y Evaluación Ambiental, Ismael Aznar, a través de una resolución que va a ser publicada en el BOE.

  • Última actualización
    07 abril 2021 16:15

La decisión, adelantada ayer por diariodelpuerto.com, modifica un total de 20 resoluciones de DIA que incluían a Puertos del Estado como órgano sustantivo, más de la mitad de las que actualmente están activas en el sistema portuario español de interés general.

En la resolución se explica que la decisión se ha tomado en respuesta a la solicitud realizada por Puertos del Estado en el mes de octubre en la que se requería esta modificación.

Según el escrito, OPPE expuso en su solicitud que, de la misma forma que en ocasiones se ha dirigido a la Dirección General para canalizar  peticiones de evaluación ambiental y eso no ha implicado su consideración como órgano sustantivo, se tenga en cuenta esta aclaración en actuales o futuras tramitaciones ambientales y que se aborde la subsanación de aquellas resoluciones que formulan  declaraciones de impacto ambiental de proyectos en las que OPPE sea considerado como órgano sustantivo, en lugar de las correspondientes Autoridades Portuarias.

Declaraciones de impacto ambiental modificadas por la resolución. Procedimiento

Ante la solicitud de OPPE, la Dirección General inició el procedimiento de rectificación mediante audiencia a las autoridades portuarias y su conformidad o alegaciones presentadas. Este trámite finalizó el 19 de febrero y OPPE remitió a la Dirección general un informe de las resoluciones a revisar.

En tanto que la DG tiene competencia sobre el procedimiento de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, resolvió la modificación de las resoluciones de las 20 DIAs presentadas por OPPE, así como de todas aquellas que concurran en idénticas circunstancias.

Órgano sustantivo

La legislación vigente indica que el órgano sustantivo es la figura de la Administración pública que ostenta las competencias para adoptar o aprobar un plan o programa, para autorizar un proyecto, o para controlar la actividad de los proyectos sujetos a declaración responsable o comunicación previa. En definitiva, es el órgano encargado de determinar sin una DIA es válida o no, el último responsable de esta decisión y de vigilar el cumplimiento de todas las medidas correctoras o disposiciones.

La resolución de la general de Calidad y Evaluación Ambiental, adscrita a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el reto Demográfico, viene a unificar y poner orden a la diversidad registrada en las diferentes DIAs atendiendo que la responsabilidad debe recaer sobre el órgano que ostente las competencias sobre la actividad a cuya finalidad se orienta el proyecto.

Cómo afecta la resolución

Esta modificación del órgano sustantivo no supone la alteración o paralización de ningún proyecto. En el caso concreto del Puerto de Valencia y el proyecto de su Terminal Norte, la resolución implica que la última palabra sobre la validez de la DIA, que es lo que actualmente se cuestiona, la tendrá la propia APV.

Colocación de cajones en la Ampliación Norte del Puerto de Valencia. La AP de Valencia, pendiente del informe de OPPELa Autoridad Portuaria de Valencia está pendiente de recibir el informe jurídico y técnico que Puertos del Estado ha elaborado en torno a la Terminal Norte del Puerto de Valencia. El informe de Puertos del Estado contendrá las conclusiones de los técnicos en torno a dos cuestiones.

Por un lado, se abordará jurídicamente si la Declaración de Impacto Ambiental aprobada en agosto de 2007 continúa teniendo validez o no.Por otra parte, el informe incluirá los razonamientos que indicarán si las modificaciones a las que ha sido sometido el proyecto original se ajustan a la DIA y cumplen con las seis exigencias que marca taxativamente la ley al respecto.

El informe de Puertos del Estado tendrá carácter consultivo y será la propia Autoridad Portuaria de Valencia la que, en función de las conclusiones, decida si la DIA es válida o no.En este sentido, el propio presidente de la entidad, Aurelio Martínez, ha asegurado en reiteradas ocasiones que “seremos escrupulosos con todo lo que nos dicte Puertos del Estado”, algo que ha refrendado el director general de la APV, Francesc Sánchez, al asegurar que “ningún Consejo de Administración tomaría una resolución contraria a un informe de OPPE”.