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El régimen aduanero para e-commerce fijará un nuevo tipo de declaración simplificada

El nuevo régimen aduanero para e-commerce, que entra en vigor el 1 de enero de 2021, fija un nuevo tipo de declaración simplificada para mercancías con un valor igual o inferior a 150 euros, anunció el miércoles Nerea Rodríguez, subdirectora general de Gestión Aduanera Dpto Aduanas e IIEE en el acto de clausura del XI curso de “Formación Integral en Gestión Aduanera” de TARIC.

  • Última actualización
    30 enero 2020 16:34

En 2017, la Comisión Europea aprobó una normativa de e-commerce que modifica la de 2015 y que suprime la exención del IVA para mercancías con valor inferior a 22 euros.

Esta normativa elimina además la posibilidad de no presentar DUA para este tipo de mercancías, exigiéndose su presentación a partir del 1 de enero de 2021, “aunque no exista la obligación de recaudar el IVA o los derechos de aduana”.

Esta decisión de la Comisión Europea de eliminar la exención del IVA para mercancías con valor inferior a 22 euros, explicó el miércoles Nerea Rodríguez, responde al elevado volumen de envíos de escaso valor generados por el comercio electrónico en los últimos años.

Según cifra la Comisión Europea, los Estados miembros habrían perdido alrededor de 5.000 millones de euros en ingresos fiscales en el sector cada año; una cifra que se prevé que alcance los 7.000 millones de euros en 2020.

La decisión de la Comisión Europea de eliminar la exención del IVA para mercancías con valor inferior a 22 euros responde al elevado volumen de envíos de escaso valor generados por el comercio electrónico en los últimos años

Gracias este nuevo sistema de IVA, explicó Pierre Moscovici, comisario de Asuntos Económicos y Financieros, Fiscalidad y Aduanas, en la presentación del documento, “las empresas podrán vender más fácilmente sus productos online y los Estados miembros podrán recuperar los ingresos perdidos procedentes del IVA”.

Dicho todo esto, la obligatoriedad de realizar una Declaración Única Aduanera (DUA) por cada mercancía declarada de bajo valor ha llevado a la Comisión Europea a adoptar la nueva normativa de 2019 y a fijar un nuevo tipo de declaración simplificada (H7) para bienes con valor igual o inferior a 150 euros, debido también al elevado número de transacciones de comercio electrónico.

Tal y como cita el reglamento de 2019, “es necesario modificar el Reglamento de 2015 para introducir la posibilidad de declarar envíos de escaso valor a efectos aduaneros utilizando un conjunto de datos diferente, a saber, uno que contenga menos elementos que un conjunto de datos de la declaración en aduana normal”.

Inferior a 150 euros

Esta posibilidad, añade el reglamento de 2019, “debe estar disponible a partir de la fecha de aplicación de las medidas de recaudación del IVA sobre los bienes importados en envíos cuyo valor intrínseco no exceda de 150 euros”. 

Esta declaración “súper reducida”, detalló Rodríguez, “puede realizarse para bienes sujetos a exención de derechos; se podrá realizar por parte de cualquier declarante y en cualquier tipo de relación económica (B2B, B2C y C2C)”.

El Parlamento Europeo aprobó el miércoles el acuerdo del Brexit.

Aduanas prevé “una salida ordenada y sencilla” tras la aprobación del Brexit

Desde el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, señaló el miércoles Nerea Rodríguez, subdirectora general de Gestión Aduanera en el acto de clausura del XI curso de “Formación Integral en Gestión Aduanera” de TARIC, “prevemos una salida ordenada y sencilla” de Reino Unido de la Unión Europea.

El acuerdo para el Brexit recibió el miércoles la luz verde del Parlamento Europeo, que lo aprobó con 621 votos a favor, 49 en contra y 13 abstenciones.

Durante el debate previo a la votación, la mayoría de eurodiputados destacaron que la retirada del Reino Unido “no supone el final de la relación bilateral” e incidieron en que los vínculos entre los países de Europa “son sólidos y se mantendrán”.

A partir de hoy, adelantó Rodríguez y hasta el 31 de diciembre de 2020, “se inicia el periodo de negociación con Reino Unido para la búsqueda de un acuerdo comercial entre la comunidad europea y Reino Unido”.

Los Estados miembros, añadió la subdirectora general del departamento de Aduanas, deben trasladar ahora a la Comisión Europea las cuestiones principales para firmar este acuerdo comercial.

En el ámbito aduanero, especificó Rodríguez, no habrá grandes cambios durante este periodo transitorio: “durante este tiempo Reino Unido seguirá conectado a los sistemas informáticos europeos, por lo que los procesos de gestión aduanera no se verán afectados”.

Además, una vez alcanzado el fin del periodo de transición, concretó la subdirectora general, “todas las mercancías que inicien su movimiento antes del 31 de diciembre de 2020, aunque lleguen a su destino en 2021, se considerarán dentro del periodo transitorio y todos los procedimientos se podrán realizar como tal”.

En este sentido, concluyó Rodríguez, el objetivo del Parlamento Europeo es “eliminar aranceles, facilitar el comercio, evitar barreras innecesarias y mantener las cadenas de suministro actuales”.