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El transitario marítimo NVOCC

  • Última actualización
    20 noviembre 2023 13:56

Desde el momento en que una empresa española cuenta con la oportuna autorización de Operador de Transporte para prestar servicios como transitario, está habilitada para emitir “House Bill of landing”.

El Bill of Lading (BL) es el conocimiento de embarque marítimo que prueba la existencia de un contrato de transporte, acreditando que la mercancía a bordo del buque se ha recibido o cargado y que va a ser transportada de un lugar a otro, poniéndose a disposición de la persona designada en el contrato, en las condiciones pactadas por las partes.

Encontramos dos tipos de BL: el Máster (MBL) y el House (HBL). Con carácter general, el primero lo emite la naviera y el segundo es emitido por el Transitario al que se le consigna el MBL. Si bien la normativa española es poco formalista a la hora de permitir la emisión de los HBL, si la empresa transitaria pretende operar en el mercado estadounidense existen una serie de requisitos que hay que cumplir.

Qué organismo regula el transporte marítimo en EE.UU

La Federal Maritime Commission (FMC) que es una agencia federal independiente del gobierno de los Estados Unidos, cuyo objeto es la regulación del sistema de transporte oceánico en dicho país.

Bajo qué figura puede actuar el Transitario en EE.UU

Debe tenerse en cuenta que la normativa estadounidense diferencia entre (i) los Non-Vessel Operating Common Carrier (NVOCC) y los (ii) Freight Forwarder (FF). En el caso de transitarios extranjeros la normativa solo prevé que operen como NVOCC.

A grandes rasgos, las principales diferencias (no las únicas) serían que el NVOCC actúa como transportista común para el cargador (shipper), no como agente, y el FF actuaría como agente del cargador (shipper) de modo que tendría un deber fiduciario para con el cargador. Por otra parte, el NVOCC puede emitir sus propios HBL.

Si el transitario actúa como NVOCC, es una buena práctica emitir un HBL para limitar su responsabilidad por la pérdida y el daño de la carga, pero al menos bajo la ley estadounidense no es necesario a menos que el cliente lo solicite (sería un beneficio, eso sí, disponible para el transitario). De conformidad con el Code of Federal Regulations (CFR) los NVOCC no estadounidenses pueden registrarse en la FMC o solicitar la licencia por parte de la FMC.

En relación con la solicitud de licencia, se requiere que el NVOCC tenga presencia en Estados Unidos mediante un “unincorporated office” que sería una figura como el establecimiento permanente español.

Si la empresa transitaria pretende operar en el mercado estadounidense existen una serie de requisitos que hay que cumplir

En qué supuestos es obligatorio registrarse en la FMC

De acuerdo con la normativa norteamericana, si el transitario obtiene un margen de beneficio por el flete marítimo, la FMC asumirá (admitiendo prueba en contrario) que está actuando como transportista contractual (NVOCC).

Por lo tanto, si el transitario incrementa los gastos de transporte y cobra un precio diferente a su cliente (transitario como transportista-NVOCC) tendría que registrarse ante la FMC.

Por el contrario si se limita a cobrar los gastos de transporte marítimo (Transitario como agente) no sería obligatorio.

Cómo se realiza el registro en la FMC

Cualquier NVOCC situado fuera de los Estados Unidos que no elija optar por la obtención de la licencia y quiera operar en dicho país, deberá registrarse en la FMC. Para registrarse, sería necesario lo siguiente: envío del formulario FMC-65 (Foreign-based Unlicensed NVOCC Registration); entregar el formulario FMC-1 (Carrier Tariff Registrarion); e indicar a la compañía de seguros que presente el formulario FMC-48, Ocean Transportation Intermediary Bond. Bajo las regulaciones de la FMC, la tarifa cobrada por un NVOCC que opera en el comercio de importación o exportación de EE.UU debe ser publicada junto con una copia en blanco de cualquier formulario estándar de documentación de envío que se esté utilizando.

Alternativamente, en virtud de una exención concedida por la FMC, el NVOCC puede publicar una “tarifa de reglas” estándar en la que se indique cómo manejará la carga, pero las tarifas reales pueden acordarse en privado sin publicarlas, siempre que se mantenga un registro interno durante cinco años en caso de una auditoría de la FMC.

Un NVOCC extranjero sin oficina en EE.UU debe obtener una fianza de 150.000 dólares. Los que tienen oficinas en Estados Unidos y opten por el sistema de licencia deben contar con una fianza de 75.000 dólares.

Qué ocurre si un transitario-NVOCC presta servicios sin estar registrado en la FMC

Esta práctica supondría una violación de la normativa de la FMC y el NVOCC sería responsable de los actos y omisiones de sus empleados y agentes.