La resolución del secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda recoge, por un lado, que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en el artículo 10 del vigente Reglamento del Sector Ferroviario (R.D. 2387/2004).Por otra parte, aprueba el expediente de información pública y audiencia a las administraciones, así como definitivamente el estudio informativo del acceso ferroviario al puerto de Sagunto", seleccionando como alternativa a desarrollar en el proyecto constructivo la denominada Alternativa S-1, propuesta asimismo en la Declaración de Impacto Ambiental, con la reposición de la carretera CV-309 mediante paso superior sobre el ferrocarril.En la resolución se especifica que en el proyecto constructivo que desarrolle la solución aprobada se tendrán en cuenta las prescripciones incluidas en la Declaración de Impacto Ambiental, formulada por Resolución de 30 de diciembre de 2013 de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, así como la Resolución de 14 de mayo de 2015 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, de no admitir a trámite de evaluación de impacto ambiental el proyecto "Acceso ferroviario al puerto de Sagunto. Reposición de la carretera CV-309".Los ajustes de detalle de la solución aprobada se analizarán durante la redacción del proyecto de construcción manteniendo una adecuada coordinación con otras administraciones y entidades afectadas.La resolución pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de esta la resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.