En su reunión con la Subdirección de la Dirección General de Tributos (DGT), FETEIA reclamó la inclusión de las prestaciones de servicios de los transitarios, cuando estén directamente relacionadas con las exportaciones de bienes fuera del territorio de la Comunidad, dentro de la letra a) del párrafo segundo del número 5º del artículo 21 de la Ley del IVA, ya que por error no fueron incluidas en el mismo. FETEIA logró el compromiso de la DGT de analizar y considerar la petición para normalizar, seguidamente, la situación como venía siendo habitual hasta la modificación de la Reforma Fiscal.FETEIA también solicitó incluir dentro de las exenciones de las importaciones de bienes que se vinculen al régimen de depósito distinto del aduanero (DDA), establecidas en el artículo 65 de la Ley 37/1992, determinadas mercancías siempre que las mismas sean vendidas a terceros dentro del propio DDA, para evitar el desvío de grandes expediciones a otros Estados de la UE, con los perjuicios económicos que ello puede generar para España.FETEIA igualmente trasladó su parecer legal sobre la obligación fijada por la Aduana, a su entender de forma “improcedente”, para exigir a los importadores acogidos al sistema del diferimiento del IVA, consignar en el DUA la garantía que cubre la totalidad de la deuda aduanera y fiscal, aunque no sea detraído el importe que corresponda al IVA devengado por la importación del saldo disponible de la garantía aportada, toda vez que producido el devengo del IVA su importe será inmediatamente deducible, según criterio de la propia DGT en el informe vinculante emitido a instancias de FETEIA en noviembre de 2008.Por lo que respecta a la reunión con la Subdirección del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales (AAIIEE), en la misma FETEIA solicitó la normalización de las condiciones y requisitos para las autorizaciones de despacho, a utilizar en todas las Aduanas del Estado; y el acceso por parte del colectivo transitario a la relación de empresas con derecho a la opción del diferimiento de pago del IVA.Colaboración socialIgualmente pidió suscribir un acuerdo de Colaboración Social con la Agencia Tributaria, para que los miembros de FETEIA tengan acceso a conocer de los despachos aduaneros de sus clientes, los sujetos pasivos, si los mismos han sido declarados en las declaraciones-liquidaciones mensuales el IVA a la importación.También se reclamó un plazo especial para la tramitación del NIF de las empresas, no residentes en nuestro país, con operaciones aduaneras referidas a los despachos vinculados al DDA, clave 07.