De entrada, el acuerdo contempla la reversión del despido de un trabajador del centro ADT-Aeropuerto, que, además, mantendrá su horario de trabajo atendiendo a sus necesidades de conciliación laboral y familiar.
Se ha acordado, también, la definición y aplicación de un protocolo del régimen sancionador jurídico laboral por el que la empresa no puede actuar de manera unilateral y sin que sean informados, previamente, los representantes de los trabajadores.
También se aplicará, según este acuerdo, el régimen sancionador que contempla el II Acuerdo General de Transporte de Mercancías por Carretera (de ámbito estatal).
Por último, se hará efectivo el acuerdo entre empresa y trabajadores sobre distintas mejoras sociales (permisos retribuidos, jornadas, categorías profesionales, etc) ya firmadas pero que, hasta el momento, seguían sin ser implementadas.