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ANAVE valora la obligatoriedad del practicaje como un "coste innecesario" para el TMCD

La mejora de la normativa sobre las exenciones al practicaje en España es uno de los objetivos que las navieras, y especialmente aquellas que operan servicios de transporte marítimo de corta distancia (TMCD), persiguen en su búsqueda de una mayor eficiencia y ahorro de costes ya que la obligatoriedad de este servicio supone un "coste innecesario" para esta modalidad de transporte marítimo.

  • Última actualización
    11 septiembre 2017 00:00

Así lo puso de manifiesto ayer por Manuel Carlier, director general de la Asociación de Navieros Españoles (ANAVE), presidente de la Asociación Española de Promoción del Transporte Marítimo de Corta Distancia (SPC Spain) y vocal de la Junta Directiva de la Asociación Española de Derecho Marítimo, quien abrió el pasado viernes la segunda jornada del III Encuentro de Derecho Marítimo y Portuario celebrado en Santander dentro de la programación de cursos de la UIMP.Carlier abordó el régimen legal y práctico del practicaje, un servicio reconocido por la OMI como un importante pilar para la seguridad de las operaciones de los buques y del que "con carácter general, nadie discute la necesidad de su existencia", según subrayó, al tiempo que reconoció la importancia de este servicio y la calidad con que se presta en España "salvo rarísimas excepciones". Cabe recordar que el servicio de practicaje ha quedado fuera del Reglamento del Parlamento Europeo para la prestación de Servicios Portuarios en la Unión Europea.

Penalización

En su intervención, Manuel Carlier dedicó una mención especial al capítulo de la obligatoriedad del practicaje en lo puertos, que lo determina la Administración marítima, y señaló que en aquellos casos en los que el asesoramiento de un práctico no sea necesario, la obligatoriedad del practicaje "supone un coste innecesario". Así, según el director general de ANAVE, la obligatoriedad de este servicio supone una penalización tanto mayor como lo sea la frecuencia de escala del buque, algo que en el caso del transporte marítimo de corta distancia resulta evidente, así como en servicios de transbordo en estrechos y entre islas. Además, supone una mayor o menor penalización de la operatividad del buque, que tiene que embarcar o desembarcar al práctico, con la consiguiente situación de riesgo.

Exenciones

Carlier recordó cómo ANAVE solicitó en su momento a la Dirección General de la Marina Mercante que facilitara pautas a las capitanías marítimas para permitir "una aplicación más flexible para los servicios de TMCD y lo más coherentes posible entre las diferentes capitanías". Como consecuencia de ello se distribuyó la Instrucción de Servicio 5/2014 sobre criterios en materia de concesión de exenciones en el servicio de practicaje y que entre otros aspectos se refiere a la valoración de la existencia de los servicios de información a buques y/o de control del tráfico portuario; zonas de atraque concretas; muelles de mercancías peligrosas, y pruebas de conocimiento de patrones y capitanes.En cualquier caso, Manuel Carlier, quien detalló que de las 134 solicitudes de exención presentadas en España tan sólo el 4% han sido denegadas, destacó que "aún no se ha avanzado lo suficiente en la aplicación de dicha orden".