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La CNMC multa con 20,5 millones a varias empresas del Grupo Repsol

  • Última actualización
    03 febrero 2026 12:31

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha multado con un total de 20,5 millones a Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, S. A., Solred, S. A. y Campsa Estaciones de Servicio, S. A., por su política comercial de estrechamiento de márgenes abusivo en perjuicio de estaciones de servicio independientes y que compiten con las de Repsol.

MADRID. La CNMC ha impuesto una sanción de 20,5 millones de euros, de cuyo pago responderán solidariamente Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, S.A., actualmente Repsol Soluciones Energéticas (RSE), Solred, S. A. y Campsa Estaciones de Servicio, S.A., y, solidariamente, a las matrices Repsol Customer Centric, S. L. y Repsol, S. A., por una infracción muy grave del artículo 62.4.b) de la LDC.

Asimismo, RSE, Campsa y Solred tendrán prohibido presentarse a licitaciones públicas para el suministro de combustibles para automoción Gasóleo A por un periodo de 6 meses.

La CNMC ha señalado que, durante el periodo sancionado, Repsol tenía una posición de dominio en el mercado mayorista de combustibles de automoción a estaciones de servicio a escala nacional. El derecho de la competencia exige que las empresas en posición de dominio sean especialmente responsables de no restringir la competencia.

El estrechamiento de márgenes comerciales es una conducta prohibida para las empresas en posición de dominio por el artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

En este caso, ha afectado a la venta de gasóleo A (GOA) a estaciones de servicio rivales, que luego suministran este combustible a clientes profesionales, principalmente a transportistas.

Estrategia

La CNMC ha acreditado que varias sociedades del Grupo Repsol desplegaron una estrategia incompatible con su posición de dominio para ganar volumen a sus competidores (estaciones de servicio independientes o de bajo coste), y revertir así la pérdida de ventas y de cuota de mercado que sufrían desde 2019.

Esta estrategia, según Competencia, consistió en incrementar de forma generalizada aguas arriba el precio de venta mayorista de combustibles a las estaciones de servicio independientes.

Al mismo tiempo, indica el organismo, aplicó aguas abajo en las gasolineras de la red de Repsol para los clientes profesionales que repostasen gasóleo (GOA) una campaña de descuentos adicionales al descuento de 5 céntimos por litro que la empresa podía establecer como alternativa a la prestación patrimonial de carácter público exigida por el Gobierno.

Todo ello derivó en una práctica de estrechamiento de márgenes, llevada a cabo entre abril y diciembre de 2022, que coincidió con subidas en el precio de los carburantes por la invasión de Ucrania por Rusia. Estas afectaron especialmente al GOA, cuyo precio, durante seis meses de 2022, superó por primera vez al de la gasolina en España.

De esta forma, determinadas estaciones de servicio independientes redujeron drásticamente su volumen de ventas de combustible GOA a profesionales, mientras que Repsol incrementaba sus ventas y su cuota de mercado.

La conducta es especialmente grave porque los competidores eran estaciones de servicio de bajo coste, que contribuían a dinamizar el mercado en zonas de alta demanda, situadas en áreas fronterizas y/o corredores estratégicos de transporte por carretera.

A finales de 2022, la CNMC inspeccionó las sedes de varios operadores de hidrocarburos tras haber recibido diversas denuncias de asociaciones del sector. En diciembre de 2023, inició un expediente sancionador contra Repsol por un posible abuso de su posición de dominio en el mercado.

Rechazo “tajante” de Repsol

Repsol rechaza de forma “tajante” la sanción anunciada por la CNMC. “La decisión se apoya en un relato parcial y descontextualizado, con errores de método y de derecho, que ignora el contexto excepcional de 2022, y no acredita ni posición de dominio, ni efecto de exclusión en el mercado. Repsol actuó con transparencia y en beneficio de los consumidores en el peor momento de la crisis inflacionaria”, señala la petrolífera.

“Es la primera vez en la historia del derecho de la competencia nacional y comunitaria que la CNMC sanciona a una compañía por aplicar descuentos, en este caso superiores a 450 millones de euros, comunicados públicamente y supervisados por la propia Administración, para aliviar la delicada situación de familias y profesionales, todo ello en un contexto excepcional de mercado”, apunta.

Repsol ha acreditado durante todo el procedimiento que, durante ese periodo, no hubo ningún efecto en el mercado: no hubo exclusión de competidores ni dependencia real. La decisión de la CNMC identifica tan solo doce estaciones de servicio de tres competidores en cuatro entornos locales seleccionados arbitrariamente por la CNMC, que no acredita exclusión real ni potencial. Por el contrario, esos operadores —Andamur, Arria y AS24— aumentaron sus ventas y resultados en el periodo, operaron con márgenes positivos y dispusieron de numerosas alternativas de suministro.

Tampoco se acredita por la CNMC ninguna salida del mercado de ningún competidor por la supuesta conducta ni a nivel nacional ni en los propios entornos seleccionados. De las tres empresas afectadas, una de ellas (AS24) expresamente ha reconocido que no ha sufrido ningún pinzamiento mediante un escrito aportado a la CNMC, que el organismo regulador ha ignorado.

La CNMC reconoce que no hubo márgenes negativos ni salidas del mercado por parte de los competidores analizados. En definitiva, la CNMC está más preocupada por los resultados de esos competidores que por los ahorros que los descuentos supusieron para clientes y consumidores.

Por otra parte, es sorprendente que esta decisión se dé en un contexto de crecimiento continuo de la cuota de mercado de los operadores de estaciones de servicio independientes, frente a la de los operadores tradicionales. Según datos de la propia CNMC, a finales de 2024 el 45% de las estaciones de servicio de España (5.736 gasolineras) eran independientes. Ni siquiera la realidad del mercado de distribución de carburante se corresponde con las premisas reconfiguradas por la CNMC en este expediente.

Por último, resulta sorprendente que no haya ninguna referencia al fraude en el expediente, pese a las dos denuncias presentadas por Repsol, sin que se haya tenido noticia alguna sobre las mismas, ya que en la distribución mayorista de carburante es indiscutible el incumplimiento masivo de las obligaciones regulatorias y fiscales, así como su afectación a la competencia. Una cuestión reconocida por la propia CNMC, el Gobierno, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y otras autoridades, y que motivó el Real Decreto-ley 8/2023.

Repsol hará valer todos estos argumentos en su impugnación de la sanción ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Estamos convencidos de que los tribunales nos darán la razón.