Así lo han venido manifestando representantes aduaneros y transitarios durante los últimos meses de 2020 y los primeros de 2021. Finalmente, sus demandas fueran escuchadas, valoradas y aceptadas en el Congreso de los Diputados y, medio año después, la tormenta ha sido disipada.
El Proyecto de Ley de Medidas y Prevención de Lucha Contra el Fraude Fiscal fue aprobado por el Consejo de Ministros, el 13 de octubre de 2020, y remitido a continuación al Congreso de los Diputados para su tramitación. En noviembre, fueron distintos los grupos parlamentarios que presentaron enmiendas al articulado, en las que exigían los cambios demandados por el sector logístico.
Tras ser discutidas y valoradas dichas modificaciones, la Comisión de Hacienda del Congreso de los Diputados ratificó recientemente la ponencia del Proyecto de Ley, en la que se han contemplado dichas enmiendas que suponen un giro esencial en los aspectos aduaneros inicialmente plasmados.
Según las fuentes consultadas por este Diario, las enmiendas abordan las cuestiones claves del IVA, la caducidad de los procedimientos y las garantías, regresándose a una redacción igual o muy similar a la de la legislación actualmente en vigor.
Con 21 votos a favor, 14 contra y una abstención, el proyecto de Ley de Medidas y Prevención de Lucha Contra el Fraude Fiscal, fue aprobado el 25 de mayo de 2021 por la Comisión de Hacienda, con competencia legislativa plena. Finalmente, tras su tramitación en el Senado, la norma fue aprobada definitivamente el 30 de junio de 2021.
Satisfacción del sector
Tras conocer el resultado de la votación, desde el Consejo General de Agentes de Aduanas y desde la Federación Nacional de Transitarios (FETEIA-OLTRA) mostraron su satisfacción por el paso atrás dado en “una norma cuya ejecución era totalmente imposible de entender desde el punto de vista del sector logístico”.
“El esfuerzo ha valido la pena - afirma Antonio Llobet, presidente del Consejo General de Agentes de Aduanas – porque, por primera vez, hemos podido cambiar una ley que atañía a un tema tan importante y hemos tenido la oportunidad de debatirlo en el parlamento”.
Por su parte, Enric Ticó, presidente de FETEIA-OLTRA, subraya que el paso dado es “muy importante” y agradece a los grupos parlamentarios y administraciones -especialmente al departamento de Aduanas e IIEE-, “su disposición al diálogo, pues siempre mantuvieron una continua interlocución con nuestra Organización”.
Durante la Comisión de Hacienda en la que se aprobó el Proyecto de Ley, los portavoces de distintos grupos parlamentarios hicieron hincapié en que el apartado aduanero ha sido uno de las que ha generado mayor debate. Así, la portavoz parlamentaria del grupo de Ciudadanos, María Carmen Martínez, señaló que “hasta el propio Ministerio se dio cuenta de que había errado en los términos que hacían referencia a los agentes de aduanas y nosotros hemos mediado en ello”.
En la misma línea, la portavoz del Partido Nacional Vasco (PNV), Idoia Sagastizabal, mostró la satisfacción de su grupo por haber logrado el acuerdo en distintas enmiendas presentadas “sobre todo las relacionadas con el ámbito de aduanas que eran las más importantes”.
Un proceso “largo” y “farragoso”
Tanto el Consejo General de Agentes de Aduanas como la Federación de Transitarios se han mantenido en pie de guerra durante todo el proceso, que ha ocupado unos seis meses, denunciando las consecuencias “injustificadas” y “desastrosas” que, a su juicio, se producirían en el sector de la logística en caso de que el proyecto de Ley hubiera prosperado tal y como se presentó en octubre de 2020. Así lo han manifestado en numerosas declaraciones en medios y comunicados de prensa emitidos por ambas entidades. Este ha sido, por tanto, uno de los principales retos a los que ha hecho frente el sector durante los últimos meses.
En este sentido, Antonio Llobet destaca la labor realizada, manteniendo reuniones con los grupos parlamentarios y portavoces de las comisiones, así como el estudio encargado a la consultora EY, que analizó las consecuencias que el texto podía tener para el sector. Ha sido un proceso “largo” y “farragoso”, insiste Llobet, “debido a que se trata de una norma que implica a muchos sectores distintos y fueron muchas las enmiendas presentadas”.
Asimismo, Enric Ticó pone en valor el trabajo realizado por la propia FETEIA: “Estamos trabajando muy intensamente en este y en otros muchos frentes, todos ellos relevantes, siempre con la finalidad de tener un sector lo más fuerte posible. Por supuesto, continuaremos realizando la mejor labor posible, con la esperanza de que se mantenga el rumbo de este proyecto normativo y, más aún, podamos seguir trabajando en las mejoras que nuestro sector necesita para lograr el objetivo previsto en el Código Aduanero de la Unión, de asegurar una verdadera facilitación del comercio”.
Antoni Llobet Presidente del Consejo General Estamos muy satisfechos porque por primera vez hemos podido cambiar una ley que atañía a un tema tan importante y hemos tenido la oportunidad de debatirlo en el parlamento
Enric Ticó Presidente de FETEIA-OLTRA Continuaremos realizando la mejor labor posible, con la esperanza de que se mantenga el rumbo de este proyecto normativo y, más aún, podamos seguir trabajando en las mejoras que nuestro sector necesita para lograr el objetivo previsto en el Código Aduanero de la Unión, de asegurar una verdadera facilitación del comercio
La primera versión del texto introducía cambios significativos en materia aduanera. Principales objeciones del sectorSon numerosas las objeciones que se han hecho al Proyecto de Ley de Medidas y Prevención de Lucha Contra el Fraude Fiscal desde el ámbito de la representación aduanera. A continuación, las cuatro más significativas:1.- ÁMBITO DE RESPONSABILIDAD EN EL IVA A LA IMPORTACIÓNEn la actualidad, los representantes aduaneros no son responsables de las deudas tributarias de las importaciones de bienes de sus clientes (los importadores) una vez se ha producido el despacho y las mercancías abandonan los recintos aduaneros y se entregan a sus propietarios. De esta forma, ante cualquier deuda tributaria que surja a partir de ese momento fuera del recinto aduanero, debe responder exclusivamente el importador.Ahora bien, en el Proyecto de Ley presentado en octubre de 2020, en lo que respecta al IVA a la importación, cambiaba sustancialmente de tal forma que proponía ampliar la responsabilidad del representante aduanero a los procedimientos de declaración y verificación de datos.Estos procedimientos pueden desencadenarse hasta tres y cuatro años después de haberse producido la importación y el despacho de la mercancía, haciéndose responsable al representante aduanero de actuaciones que van mucho más allá de su papel como comisionista del importador.Según los expertos, con esto, el representante aduanero hubiera quedado expuesto a la fragilidad de que el importador pagara o no el IVA, con el riesgo que conlleva para su estabilidad financiera.El Consejo General de Agentes de Aduanas y FETEIA-OLTRA exigieron la supresión de este apartado y la vuelta a la redacción actual de la Ley.2.- RESPONSABILIDAD EN LA REPRESENTACIÓN DIRECTAEn la primera versión del Proyecto de Ley se introducía una nueva disposición adicional que reformulaba la responsabilidad en el ámbito de la representación aduanera directa.Según recogía el texto de la norma: “Los representantes aduaneros que actúen en la modalidad directa (en nombre y por cuenta del importador) y constituyan garantías globales quedarán obligados al pago de la deuda aduanera y tributaria derivada de las declaraciones aduaneras vinculadas a la misma cuando dicha deuda aduanera y tributaria no haya sido satisfecha por el deudor o recaudada como consecuencia de la ejecución de la garantía”.Esta responsabilidad tenía carácter solidario y no hubiera sido subsidiaria, es decir, según los expertos en el ámbito de la representación aduanera, esta medida “dejaba sin sentido la representación directa pues la garantía global solo es viable en el ámbito de la representación indirecta”.El Consejo General de Agentes de Aduanas y FETEIA-OLTRA exigieron la supresión de este apartado o, en todo caso, la introducción de importantes matizaciones.
3.- CADUCIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOSEn Proyecto de Ley introducía como novedad que “no procederá la declaración de caducidad respecto de aquellos tributos que se liquiden por las importaciones de bienes en la forma prevista por la legislación aduanera para los derechos de importación”.Para el sector aduanero, esto hubiera comportado un aumento de las prerrogativas de las autoridades aduaneras en perjuicio de los representantes aduaneros, que se consideraba que quedarían en evidente indefensión, con plazos de hasta tres años para resolver los expedientes y sin apremio de diligencia, generando inseguridad jurídica y sin que los procesos queden finalizados.4.- SANCIONESOtro de los aspectos más polémicos del Proyecto de Ley propuesto inicialmente fue el relativo a la modificación del baremo sancionador y al aumento de determinadas sanciones, como la sanción mínima de 600 euros por presentar declaraciones fuera de plazo o de forma incompleta o inexacta, o la sanción de errores pese a que se haya obrado con la diligencia debida.