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ASECOB aplaude el respaldo que da el nuevo real decreto a la profesión de consignatario

“Es un muy importante refuerzo de la posición de la profesión de consignatario que nos dota de una base jurídica para poder actuar con plena libertad”. Así calificó el viernes Julio Carrasco, presidente de la Asociación Española de Consignatarios de Buques (ASECOB), el nuevo real decreto por el que se determinan las obligaciones para el establecimiento de los consignatarios de buques, que, tal y como adelantó diariodelpuerto.com, fue aprobado el viernes por el Consejo de Ministros.

  • Última actualización
    08 marzo 2019 15:27

Según Carrasco, en declaraciones a Diario del Puerto, el real decreto no sólo es un respaldo para la profesión de consignatario sino que, además, comporta un importante apoyo para la administración que da también respaldo y soporte jurídico a todas las actuaciones en esta campo tanto en áreas como las aduanas, las capitanías marítimas o las autoridades portuarias.

Sobre el contenido final del real decreto, Julio Carrasco aseguró el viernes que ASECOB se felicita por cómo quedan contempladas tanto la situación del consignatario frente al mercado como sus obligaciones frente a la Administración, lo que va a redundar en la mejora de la calidad del servicio.

Uno de los aspectos más importantes del real decreto es la creación de un registro público de agentes consignatarios, que Carrasco valoró el viernes como “muy importante”, significando en este sentido un primer paso para a partir de ahora abrir nuevas líneas de trabajo en aras a mejorar la profesionalización de la actividad.

Una de estas líneas es la posibilidad en el futuro de establecer algún tipo de cualificación, capacitación o título habilitante, tal y como sucede con otras actividades en el sector del transporte en general y el transporte marítimo en particular, destacó el presidente de ASECOB.

Carrasco quiso también aclarar el viernes que en modo alguno la defensa que ASECOB ha hecho de este real decreto iba en la línea de limitar la capacidad de actuación empresarial, sino todo lo contrario, apostando claramente por luchar en este sector por la competencia desleal, reforzando además modelos consolidados como el de subagencia.

Contenido

A la espera de que se publique oficialmente en el BOE el contenido del nuevo real decreto, el Gobierno detalló el viernes que el objeto de esta nueva norma es “dotar de mayor transparencia y aclarar las obligaciones de los consignatarios, así como la forma de dar cumplimiento a las mismas”.

Según el Ministerio de Fomento se “crea un Registro de Agentes Consignatarios, de carácter público y administrativo, que se constituirá como una base de datos informatizada y accesible que, por una parte, facilitará el acceso de armadores y navieros a estos servicios y, por otra, mejorará el control del cumplimiento de las obligaciones por parte de las Administraciones Marítimas y Portuarias”.

Asimismo, “se dota de mayor transparencia a las obligaciones de los consignatarios y se aclaran sus funciones y su forma de funcionamiento”, destacó Fomento el viernes en un comunicado.

Desde el Ministerio se argumenta que “la figura del agente marítimo o consignatario de buques se ha consagrado, tanto en España como en los países de nuestro entorno, como una de las piezas fundamentales para el buen funcionamiento del negocio marítimo. Su misión se centra en el desarrollo de las gestiones que requiere un buque en puerto, actuando en nombre del armador o naviero, siendo obligatoria su presencia en el caso de buques extranjeros y para buques españoles en aquellos casos en que el armador o naviero no disponga de medios en el puerto en cuestión”.

El nuevo real decreto “se traducirá en un mejor servicio de los agentes consignatarios, que redundará en una mejora del tráfico marítimo y de su seguridad”, concluye Fomento.

Julio Carrasco, presidente de ASECOB. Foto M.J.