MADRID. La reciente firma del V Acuerdo Marco de la Estiba introduce una nueva redacción del texto que regirá hasta 2031 e “incorpora de manera íntegra los ajustes derivados de la sentencia del Tribunal Supremo”, según aseguran fuentes de Asoport, que además han valorado positivamente estas modificaciones.
A través de un comunicado, la patronal recuerda que entre las novedades más significativas del nuevo texto se encuentra la posibilidad de que las empresas puedan abandonar los CPEs sin que ello implique un coste económico obligatorio, consolidando así una relación más directa entre compañías y trabajadores.
“Así pues, más que una simple extensión temporal del acuerdo anterior se trata de un marco renovado que adapta su contenido a la legalidad vigente”, tal y como afirman desde ASOPORT. “Entendemos que este marco renovado supone un avance hacia un modelo más equilibrado y ajustado a la legalidad, en beneficio tanto de las empresas como de los trabajadores del sector”, aseveran desde la entidad.
En concreto, la reciente sentencia del Alto Tribunal ya había introducido cambios sustanciales en el modelo de la estiba. “La Comisión Paritaria, que hasta ahora ocupaba un lugar central, pierde buena parte de su relevancia: se elimina la obligación de todas las empresas de financiar el CPE, desaparece la exigencia de enviar informes sobre los periodos de prueba de los nuevos trabajadores y se anulan las restricciones que imponían un mínimo del 50% de jornada en los contratos a tiempo parcial”.
Del mismo modo, el fallo estableció que la salida de una empresa del CPE no puede conllevar contribuciones económicas obligatorias. La única condición es ofrecer a los trabajadores previamente contratados a través del CPE la posibilidad de incorporarse a la plantilla de la empresa. “Se trata de una práctica que las compañías de Asoport ya venían realizando y que siempre ha formado parte de nuestra visión: una relación directa entre empresa y trabajador”, afirma la patronal.
Otro aspecto fundamental es que la organización del trabajo —manos, turnos o doblajes— corresponde exclusivamente a cada empresa en diálogo con sus trabajadores, siempre dentro de la normativa laboral, sin necesidad de intervención de órganos externos como la Comisión Paritaria.