La sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en torno al V Acuerdo Marco para las relaciones laborales en el sector de la estiba portuaria tiene un importante valor en el actual momento en el que se encuentra la regulación de la estiba en España.
Tal y como adelantó Diario del Puerto el pasado 29 de mayo, la Comisión Europea viene interesándose desde finales del año pasado por determinadas cuestiones del funcionamiento del modelo de estiba portuaria, cuya reforma se ha venido implantando en España desde el año 2017. En concreto, las autoridades comunitarias se han interesado por el funcionamiento de los Centros Portuarios de Empleo (CPEs) y más concretamente por los procedimientos para la salida de las empresas de dichos CPEs.
La Comisión Europea ha preguntado formalmente a España a este respecto, de tal manera que en los últimos meses se ha establecido un canal de comunicación a tal fin con la administración portuaria española a través del cual se viene compartiendo por ambas partes la información relativa a estos asuntos.
Desde la Administración española se está detallando a la Comisión Europea los aspectos que recoge la legislación de nuestro país para regular los Centros Portuarios de Empleo y, sobre todo, de manera particularizada, se está ofreciendo detalle de todos los instrumentos normativos incluidos en la legislación vigente por los que se establecen los distintos cauces para la salida de las empresas de los Centros Portuarios y qué requisitos para ello se deben cumplir.
De igual forma, se está informando a los representantes de la Comisión Europea de los diferentes procesos de separación de empresas que se han iniciado en los últimos años, así como de las separaciones efectivas producidas.
El aval en líneas general del Tribunal Supremo al actual modelo normativo de estiba supone un refuerzo en el marco de esta consulta de la Comisión Europea, aseguran fuentes consultadas.