El Ministerio de Transición Ecológica ha impulsado una amplia modificación de los peajes establecidos a la carga de GNL a buque que suponen una reducción de hasta un 70% del coste que hasta ahora había que abonar por este tipo de bunkering en los puertos españoles.
La orden ministerial, que establece los peajes que estarán vigentes en 2019, reduce considerablemente tanto el término fijo como el término variable del peaje y establece nuevos límites para favorecer las operaciones de pequeño tamaño, las más beneficiadas desde el punto de vista del bunkering.
Así, por un lado, frente a los baremos vigentes desde 2014 para operaciones de menos de 9.000 metros cúbicos y más de 9.000 metros cúbicos, pasamos ahora a operaciones de menos de 2.000 metros cúbicos, de entre 2.000 y 5.000, de entre 5.000 y 15.000 y de más de 15.000.
A partir de estas nuevas variables y con los nuevos coeficientes, se produce una reducción de los términos variables del peaje de entre un 75,2% y un 25,5% y en los términos fijos de entre un 42,5% y un 76%, lo que da como resultado que las empresas navieras que carguen GNL vayan a ver reducida su factura hasta en un 70%.
En concreto, por tomar diversos tramos como referencia, para una operación de 2.000 metros cúbicos hablamos de una reducción del coste del peaje del 70%; para una operación de 5.000 metros cúbicos hablamos de un 63,8% menos; para una carga de 9.000 metros cúbicos la reducción estaría en el entorno del 47%; y si ya nos vamos a la cifra de 15.001 metros cúbicos la rebaja será del 46%.
Para aquellos servicios de búnkering que se hagan de barco a barco se aplica un descuento del 20% en estas tarifas.
Estos peajes básicos están en función de que al menos se contraten 12 cargas durante un año., estableciéndose sobrecargos en los peajes en función de se produzcan al menos 3 cargas en un periodo de 3 meses; de al menos 1 carga al mes; o de cargas contratadas fuera de la programación mensual, que en este caso concreto, por ejemplo, verán duplicado su precio, según la orden ministerial.
Tal y como se recoge en la exposición de motivos, a la espera de que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) elabore una nueva metodología definitiva de cálculo de los peajes, ahora mismo se estaban aplicando los valores que entraron en vigor el 1 de enero de 2014 y que “se han demostrado demasiado elevados para las operaciones de pequeño tamaño, lo que impide la prestación de servicios competitivos de bunkering de GNL y, en consecuencia, dificultan la implantación de un combustible que resulta muy adecuado para cumplir con las obligaciones de emisiones impuestas por la normativa internacional”.
Según la exposición de motivos, “estas circunstancias han sido manifestadas tanto por los comercializadores como por los titulares de las plantas de regasificación, diversas autoridades portuarias y el propio Puertos del Estado”, de ahí la decisión adoptada.
Valores razonables
Desde el propio Organismo Público Puertos del Estado se pone en valor que “esta orden impulsa el mercado de suministro de gas natural licuado en el transporte marítimo” pues su ”aprobación va a permitir el desarrollo de este mercado al establecer unos valores razonables en los peajes, dado que hasta su publicación la iniciativa privada no podía formalizar los contratos de suministro necesarios y se estaban desviando las recargas para suministros de bunkering hacia otros países habida cuenta de que hasta ahora los peajes estaban fuera de mercado a nivel UE”.
Según fuentes de OPPE consultadas, “con esta nueva regulación, el Gobierno de España favorece uno de los objetivos del Ministerio de Fomento, el desarrollo de las infraestructuras de suministro, en su Marco de Acción Nacional, siendo OPPE un proponente muy activo, junto al sector gasista” para lograr que “los puertos españoles ganen competitividad en el suministro de GNL”.