La nueva valoración de los terrenos y la lámina de agua se lleva a cabo conforme a la Ley de Puertos del Estado, que establece la necesidad de actualizar de forma periódica estos valores, que son los que se utilizan para calcular la cuantía de la tasa de ocupación en los ámbitos de dominio público portuario.
En el caso del Puerto Exterior, solo ha sido necesario incorporar la valoración de la lámina de las aguas exteriores a la dársena, irrelevante para los operadores, de manera que en la explanadas y la lámina de agua de Langosteira se mantienen las mismas tasas que existen hasta ahora, con índices altamente competitivos al objeto de favorecer la implantación de concesiones y la realización de actividades en el recinto portuario, en los ámbitos logístico, comercial e industrial. En los muelles y terrenos del puerto interior, la actualización ha debido adaptarse a la evolución del mercado, si bien el incremento resultante es en conjunto inferior al 1%, por lo que es poco relevante.
Criterios de valoración
Los criterios de valoración son, en el caso de los terrenos, los precios existentes en el entorno con usos similares, como son los polígonos industriales, así como el grado de urbanización del suelo, su ordenación, centralidad y conectividad. En el caso de la lámina de agua, se ponderan su mayor o menor abrigo, su profundidad y localización, teniendo en cuenta también el valor de los terrenos anexos.
El Puerto Exterior de Punta Langosteira, que entró en servicio en 2012, cuenta ya con 13 concesiones y un tráfico de mercancías consolidado, con un movimiento acumulado superior a 8,5 millones de toneladas.