El 14 de noviembre de 2014 la AVC registró la entrada de una denuncia sobre una supuesta vulneración de la normativa de defensa de la competencia en la que incurriría la AP de Bilbao al negar a los transportistas autónomos unas tarjetas de acceso a las instalaciones portuarias que sí se facilitan a las cooperativas de transportistas.Días después, la Dirección de Investigación de la AVC ordenó iniciar una información reservada, previa a la incoación, en su caso, del correspondiente expediente sancionador, hasta que el 25 de septiembre el Consejo Vasco de la Competencia resolvió no incoar procedimiento sancionador en relación con los criterios del área de acreditaciones de la AP de Bilbao respecto a los accesos al recinto portuario para los operadores logísticos que en él desarrollan su actividad, ya que la APB "genera una discriminación entre operadores sin entidad suficiente para justificar el inicio de expediente sancionador".
Recomendación
Respecto del acceso terrestre para tráfico rodado al puerto, la AVC observó que es libre, "condicionado a su vinculación con el desempeño de una concreta operativa portuaria". Sin embargo, apunta que, si bien la APB no impone la necesidad de pertenecer a una cooperativa para acceder al puerto, "sí utiliza como único criterio la pertenencia para otorgar tarjetas de acceso automático". "De esta manera, -dice- discrimina injustificadamente a los trabajadores autónomos tomando como base un criterio desproporcionado, independientemente del mayor o menor obstáculo que suponga, para quienes no disponen de tarjeta, el poder acceder al recinto portuario".A pesar de no iniciar proceso sancionador y puesto que el acceso a la zona de servicio del puerto por parte de los operadores logísticos "es premisa esencial para el desarrollo de su actividad profesional", la AVC recuerda a la APB que la adopción de medidas que puedan suponer la obstaculización o restricción de acceso a determinados prestadores de servicio "no encuentra justificación en la mera atribución competencial que el ordenamiento jurídico otorga a la AP", y recomienda "la observancia del principio de no discriminación en la concesión de autorizaciones de acceso al recinto portuario de Bilbao