De acuerdo con la legislación vigente, en la actualidad no está permitido el cobro de recargos en las tarifas de prestación de los diversos servicios portuarios efectuados fuera de la jornada ordinaria, fines de semana o festivos. En el Puerto de Cartagena, hasta ahora, el servicio de practicaje contemplaba un recargo del 50% para servicios efectuados fuera de la jornada ordinaria, por lo que ha sido necesario adaptar esta estructura tarifaria a lo estipulado legalmente.Las tarifas del servicio de practicaje constan de una parte fija, que puede variar en función del tipo de buque, y otra parte variable, que resulta de multiplicar un determinado coeficiente por el tonelaje bruto del buque.La Autoridad Portuaria realizó un estudio para la revisión de estas tarifas, del que se han derivado tres decisiones fundamentales. En primer lugar, las tarifas aplicadas a los cruceros resultaban desproporcionadas, tanto por el elevado tonelaje de estos buques, como por su facilidad de maniobra y proximidad de la base de los prácticos al atraque de cruceros, por lo que se consideró conveniente aplicar unas nuevas tarifas más bajas para estos barcos.En segundo lugar, se consideró necesario mantener el nivel de ingresos de las tarifas del servicio de practicaje a pesar de la supresión del citado recargo.Por último, se decidió mantener la bonificación del 20%, que ya se venía aplicando con anterioridad, a los tráficos de contenedores y ro-ro, integrando el descuento en las nuevas tarifas.Tras este estudio se propusieron unas nuevas tarifas máximas que, tras ser aprobadas por Puertos del Estado han sido ratificadas en el último Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Cartagena.