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La CNC no ve claro que sea imperioso que un camión requiera de autorización en los puertos

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) hizo ayer públicas las conclusiones del informe que le solicitó Puertos del Estado (OPPE) sobre el contenido de su propuesta de pliego de condiciones para la prestación del transporte terrestre en los puertos. La CNC considera adecuada la metodología y el régimen de autorizaciones para los transportistas que propone OPPE. Ahora bien, la Comisión no tiene clara la necesidad misma del régimen y considera aconsejable que se precisen las “razones imperiosas de interés general” que sustentan la decisión de aplicar esta medida.

  • Última actualización
    29 septiembre 2018 00:13

El informe de la Comisión, solicitado por OPPE el pasado 28 de junio y aprobado el 11 de septiembre, es muy favorable al contenido y procedimiento del régimen de autorizaciones que para el transporte por carretera en los puertos propone Puertos del Estado.Según la CNC, la propuesta “no establece ningún tipo de discriminación en la obtención de cada tipo concreto de autorizaciones dependiendo de la forma jurídica del transportista”.Así, según la CNC, la propuesta establece como requisitos de los solicitantes para la obtención de la autorización: disponer de la autorización de transporte de mercancías y/o estar registrados en la base de datos del Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte (SITRAN6) para nacionales; disponer de licencia comunitaria para solicitantes de otros Estados miembros de la UE; y, para solicitantes de terceros estados, contar con la correspondiente autorización bilateral o multilateral. Tanto los requisitos como las condiciones para el acceso se adecuan a la mayor parte de los principios establecidos en la normativa vigente, asegura la CNC, quien afirma que “no son discriminatorios, son claros e inequívocos, objetivos, se hacen públicos con antelación, son transparentes y accesibles”. ProcedimientoIgualmente, en relación con el procedimiento para la obtención de las respectivas autorizaciones, la propuesta de OPPE también establece unas condiciones adecuadas teniendo en cuenta otros casos examinados por la CNC, asegura la Comisión en su informe.Ahora bien, la CNC tiene dudas sobre la propia necesidad y proporcionalidad de este régimen de autorización.Sin perjuicio de la valoración positiva de los elementos señalados, la CNC asegura en el informe que tiene dudas “en relación con la necesidad y proporcionalidad del propio régimen de autorización”.La Comisión reconoce que en la elaboración de esta propuesta de pliego de condiciones para el transporte terrestre en los puertos, OPPE no lo hace por cuenta propia sino en cumplimiento de la Ley de Puertos, donde se dice que “la prestación de servicios comerciales y el desarrollo de actividades industriales, comerciales o de servicios por terceros requerirá la obtención de la Autoridad Portuaria”, que es el caso del transporte terrestre.“El establecimiento del régimen de autorización se deriva de esta normativa con rango de Ley y no es una decisión de Puertos del Estado”, reconoce la CNC.Con todo, sin perjuicio de lo anterior, la Comisión considera “aconsejable que en la propia recomendación se expresen las razones imperiosas de interés general que justifican el régimen de autorización establecido”.“Igualmente sería aconsejable concretar también en la Recomendación la proporcionalidad del régimen de autorización y los motivos por los que el régimen vigente no debería ser sustituido por un sistema menos restrictivo como comunicaciones o declaraciones responsables”, precisa la CNC.Es más, la Comisión habla de que “si tras este análisis de necesidad y proporcionalidad, Puertos del Estado considerara que el régimen de autorización no resulta un mecanismo adecuado, sería necesario que el Ministerio de Fomento realizara los cambios normativos necesarios para facilitar en mayor medida el acceso a la actividad”.