Esta decisión supone que Europa no ha contemplado las alegaciones que presentó España al dictamen motivado, el pasado mes de enero.
Actualmente, las empresas estibadoras de los puertos españoles no están autorizadas a recurrir al mercado para contratar a su personal. Por el contrario, las normas vigentes obligan a estas empresas a participar financieramente en el capital de empresas privadas, que a su vez les facilitan la mano de obra necesaria. Las empresas estibadoras solo pueden recurrir libremente al mercado para contratar personal si la mano de obra propuesta por esas empresas privadas es inadecuada o insuficiente. La Comisión considera que los proveedores de manutención de carga de otros Estados miembros que deseen establecerse en puertos españoles podrían no hacerlo a causa de estas prácticas laborales restrictivas.