Durante su vigencia, años 2017, 2018 y 2019, se garantiza un incremento mínimo del 6,2% y el mantenimiento del poder adquisitivo. Además, se incorporan entre otras medidas, mejoras para la conciliación de la vida familiar y laboral.CC.OO. y UGT realizaron ayer una asamblea de delegados para explicar el preacuerdo alcanzado con la ANV. "Tras casi un año de negociaciones, hemos alcanzado un preacuerdo que, además de garantizar incrementos que no sean menores que el IPC, mejora las posibilidades de conciliar la vida laboral y familiar, amplía la indemnización mínima para traslados forzosos, así como los derechos de información para los supuestos de subcontratas", explican fuentes sindicales, "todo ello moderando las pretensiones de los empresarios de no garantizar el IPC, sin modificar el ámbito funcional del convenio, no suprimiendo determinados complementos salariales (plus idiomas y penosidad) y sin reducir las mejoras por Incapacidad Temporal".Los incrementos salariales acordados son para el año 2017, incremento mínimo garantizado del 2%; para el año 2018, incremento mínimo garantizado del 2%; y para el año 2019, incremento mínimo garantizado del 2,2%."Si la suma de los IPC de estos tres años es superior al 6,2%. Al final de este periodo, se revisará solo al alza hasta alcanzar la suma del IPC de estos tres años", añadieron, "abonándose las tablas salariales resultantes a partir del 1 de enero de 2020. Con independencia de los incrementos que se firmen en un próximo convenio para ese año".
Más conciliaciónSobre las medidas de conciliación de la vida laboral y familiar, se destaca que la jornada partida se establece ahora como norma general en una hora y media la partición del horario de comida la jornada laboral, pudiéndose reducir a una hora o ampliar a dos mediante acuerdo.En la entrada y salida, "se establece la posibilidad de, mediante acuerdo, incorporarse antes o después al puesto de trabajo".Y sobre las vacaciones, se posibilita, mediante acuerdo con la RLT, el cómputo de los 31 dias naturales de vacaciones, en 23 días laborables.En las indemnización por traslados geográficos forzosos se ha llegado a un acuerdo por el que se incrementa de 20 a 25 días por año la indemnización mínima cuando el trabajador tenga que decidir entre traslado geográfico forzoso o rescindir el contrato. Y la sobre la subcontratación, la empresa contratante informará a los delegados de personal sobre el convenio que les será de aplicación a las subcontratas.