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Europa lanza directrices para la compra conjunta de equipos portuarios

  • Última actualización
    10 julio 2025 08:38

La Comisión Europea ha publicado unas directrices informales sobre la compatibilidad con las normas de competencia de la UE de la compra conjunta y el establecimiento de especificaciones técnicas para los equipos eléctricos de manipulación de contenedores utilizados en los puertos.

BRUSELAS. APM Terminals solicitó a Europa que le proporcionara orientación informal sobre un acuerdo con otros operadores de terminales portuarias para la compra conjunta y el establecimiento conjunto de especificaciones técnicas mínimas de equipos eléctricos de manipulación de contenedores.

La mayoría de estos equipos, utilizados en los puertos europeos, funcionan con diésel. Los operadores de terminales portuarias se han mostrado reacios a adquirir equipos eléctricos a batería debido a sus costes significativamente más elevados, pero también a la falta de interoperabilidad, en particular entre los equipos de recarga de diferentes proveedores, apuntó la Comisión Europea.

El acuerdo previsto tiene por objeto reducir los costes para los operadores de terminales portuarias, permitiéndoles poner en común una parte de su demanda futura de estos productos; proporcionando a los proveedores una mayor previsibilidad sobre la demanda futura y mejorando la interoperabilidad, en particular entre los equipos de recarga fabricados por diferentes proveedores.

“Las normas de competencia de la UE garantizan el buen funcionamiento del mercado único y la competencia leal. Cuando las empresas desean contribuir de forma genuina a la transición hacia una economía con cero emisiones netas, sus esfuerzos por descarbonizar e impulsar el crecimiento no deben verse obstaculizados por la incertidumbre sobre la aplicación de nuestras normas de competencia”, afirmó la vicepresidenta de la Comisión, Teresa Ribera.

“Con la publicación de esta carta de orientación, aclaramos la aplicación de la legislación en materia de competencia a los acuerdos que facilitan el cambio a equipos de manipulación de contenedores ecológicos en los puertos europeos, contribuyendo así a la transición limpia de las infraestructuras cruciales para el mercado único y el comercio de la UE”, añadió.

Competencia

La Comisión considera que el acuerdo propuesto no plantea problemas en virtud del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), siempre que incluya determinadas salvaguardias destinadas a garantizar, entre otras cosas, la capacidad de los operadores de terminales portuarias participantes para seguir comprando de forma independiente estos equipos.

Además señala que el volumen de demanda que se agrupa a través del acuerdo tenga un límite máximo y, por lo tanto, no dé lugar a efectos anticompetitivos frente a los proveedores de estos productos y, por último, que el intercambio de información sensible desde el punto de vista de la competencia entre los operadores de terminales participantes se limite a lo estrictamente necesario para el funcionamiento del acuerdo.

La Comisión basó principalmente su orientación en la información facilitada por APM Terminals. La orientación sigue siendo aplicable durante cinco años y se limita al territorio del Espacio Económico Europeo.