A diferencia de la huelga desconvocada en agosto, el preaviso de huelga convocada por los sindicatos de Bilboestiba CPE entre los días 9 y 25 de octubre “no afecta solo a las labores estrictamente de la estiba, sino también a otros servicios comerciales y trabajadores fuera del ámbito de la estiba, lo que puede tener importantes implicaciones desde el punto de vista de la competencia”
Así se expresó ayer la Autoridad Vasca de la Competencia (AVC), que contactó con los cinco sindicatos que forman el comité de empresa de Bilboestiba CPE (Coordinadora, UGT, ELA, LAB y Kaia) para solicitarles que su actuación “se incardine en la defensa de los derechos laborales de los trabajadores, y no afecte a cuestiones que puedan impedir, restringir o falsear la competencia”.
Convenios colectivos
Desde su “respeto” a la función de los sindicatos de defensa de las condiciones laborales de los trabajadores, y sin entrar a valorar los motivos alegados para la convocatoria de la huelga, la AVC considera que, de acuerdo a la doctrina de los tribunales estatales y de la UE, “los convenios colectivos entre representantes de empresas y trabajadores no quedan automáticamente excluidos de la aplicación de las normas de competencia y de las normas del Tratado de Funcionamiento de la UE sobre libertad de establecimiento y libre prestación de servicios”.
Para la AVC, el actual preaviso de huelga difiere de la huelga desconvocada en agosto porque afecta, además de la estiba, a otros servicios comerciales y trabajadores fuera de su ámbito
Asimismo, la AVC comunicó que el artículo 1.1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) prohíbe todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada o conscientemente paralela, que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o parte del mercado nacional.
La AVC recordó también que recientemente la CNMC ha sancionado por conductas contrarias al artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia a ANESCO, CC.OO., Coordinadora, CIG, ELA, LAB y UGT.
Recuerda también que los convenios colectivos entre empresas y trabajadores no están automáticamente excluidos de la aplicación de las normas de competencia