La decisión tomada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en torno al sector de la estiba, adelantada ayer por diariodelpuerto.com, es tan inocua como trascendente.
El TJUE declaró a primera hora de ayer “inadmisible” la cuestión prejudicial planteada por la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) en el marco del expediente abierto contra la patronal y los sindicatos de estiba por la modificación en su día del IV Acuerdo Marco en materia de subrogación.
Esta declaración de inadmisibilidad supone que el TJUE no haya entrado en el fondo de la cuestión planteada por la CNMC y, por lo tanto, no haya expresado posicionamiento alguno en torno a dicho expediente. El TJUE considera que la CNMC no es un órgano autorizado para plantear cuestiones prejudiciales ante el Tribunal Europeo y, por tanto, ha rechazado directamente la tramitación.
Ahora bien, con el rechazo directo de la admisión de la cuestión prejudicial, automáticamente el expediente de la CNMC contra la patronal y los sindicatos de estiba vuelve al mismo lugar donde se quedó, ni más ni menos que el trámite previo a la publicación de la resolución oficial, toda vez que incluso ya se había superado la fase en que la Comisión había remitido a las partes su “propuesta de resolución”.
En la misma, según las fuentes a las que accedió en su día este Diario, se declaraba a las partes culpables de violar la normativa sobre competencia en lo que respecta a su acuerdo en materia de subrogación, recogido por la vía de modificar el IV Acuerdo Marco. Además, se proponían sanciones económicas para todas las partes implicadas que sumaban una cantidad en el entorno de los 7 millones de euros.
Como quiera que dicha cantidad estaba en función de la facturación empresarial de los socios con personalidad jurídica, en el caso de ANESCO, y de la actividad asociativa en el caso de los sindicatos, integrados por afiliados como personas físicas, las multas propuestas eran muy distintas, hasta el punto de que se apuntaba a una sanción en el entorno de los 6,1 millones de euros para ANESCO, de unos 300.000 euros tanto para el sindicato Comisiones Obreras como para UGT, y de apenas unos 4.000 euros en el caso, por ejemplo, del sindicato Coordinadora.
Plazos
El expediente de la CNMC tenía de plazo 18 meses para su tramitación y resolución. Arrancó en septiembre de 2017, interrumpiéndose los plazos en cuanto la cuestión prejudicial fue presentada en Luxemburgo. Ahora, una vez emitido el pronunciamiento del TJUE, los plazos para resolver el expediente vuelven a correr, por lo que de forma inminente la CNMC tiene que publicar su resolución definitiva. Si Competencia mantiene sin cambios su propuesta inicial, sin incidencia en lo que respecta al TJUE, el sector de la estiba se expone a cuantiosas multas millonarias.
Según las fuentes sectoriales consultadas por este Diario, este es ahora mismo el paso esperado.
Más improbable se considera que la CNMC dé marcha atrás y, o bien retire el expediente, o bien module las sanciones.
En el primer caso supondría que la cuestión prejudicial no se elevó sólo al TJUE para reforzar jurídicamente la resolución del expediente, sino porque existían serias dudas de viabilidad. Esto contrastaría con la tramitación que siguió el mismo y que llegó incluso hasta la redacción de la propuesta de sanciones.
Atenuantes
En el segundo caso, la CNMC podría contemplar como atenuantes para modular las sanciones, no ya sólo que el acuerdo convenial sobre la subrogación por el que se abrió expediente recibió en su día el visto bueno del Ministerio de Empleo y fue publicado en el BOE, sino sobre todo que, desde entonces, los agentes sectoriales han venido trabajando codo con codo con la CNMC para lograr un marco convenial acorde a derecho, habiéndose remitido a la Comisión los distintos preacuerdos y no avanzándose hasta no tener el visto bueno de Competencia.
Con independencia de todo, la inhibición del TJUE en esta cuestión deja de momento a la CNMC como única voz para interpretar y, en su caso, sancionar la modificación del convenio entorno a la subrogación.
Los tribunales hablarán en el caso de que se impongan sanciones y cuando, como es previsible, las partes presenten su recurso, en primera instancia ante la Audiencia Nacional y en segunda instancia ante el Tribunal Supremo.
En su propuesta de resolución la CNMC planteaba sanciones económicas para todas las partes implicadas que sumarían una cantidad en el entorno de los 7 millones
...y mientras, el enésimo preacuerdo del V Acuerdo sigue su cursoLa decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la cuestión prejudicial planteada por la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) se produce en plenas negociaciones del V Acuerdo Marco y, lo que es más importante, con la CNMC también de por medio.Patronal y sindicatos prosiguen esta semana con la negociación del preacuerdo del futuro convenio intentando ajustar las cuestiones que nuevamente detectó la CNMC como contrarias a la libre competencia.Como recordarán los lectores, a finales de 2019 patronal y sindicatos alcanzaron un primer preacuerdo que fue remitido a la CNMC con el objetivo de que emitiera sus consideraciones con carácter previo a su publicación y así evitar un posible expediente.En el mes de mayo, la CNMC hizo público un informe sobre el preacuerdo en el que establecía 10 consideraciones que a su juicio conculcaban la libre competencia.Patronal y sindicatos se pusieron manos a la obra y decidieron renegociar el preacuerdo para tomar en consideración a la CNMC.El texto modificado fue de nuevo remitido a la Comisión que, en el mes de agosto, volvió a emitir un informe en el que de nuevo se advertían siete cuestiones que ponían en solfa la libre competencia.Nuevamente, sindicatos y patronal han retomado las negociaciones y, en estos momentos, avanzan a buen ritmo según las fuentes consultadas para llegar a un nuevo consenso.Lo previsible, una vez más, es que el nuevo texto sea de nuevo enviado a la CNMC con la esperanza de obtener definitivamente su visto bueno.
Sindicatos y patronal prosiguen las negociaciones y, en estos momentos, avanzan a buen ritmo para llegar a un nuevo consenso
SEIS "QUÉS"
QUÉ ACORDARON PATRONAL Y SINDICATOSEl 29 de junio de 2017, tras la aprobación del RDL 8/2017 de reforma de la estiba, la patronal ANESCO y los sindicatos Coordinadora, UGT, CC.OO., ELA y LAB acordaron, como punto de partida para la negociación del nuevo marco laboral, introducir una modificación en el IV Acuerdo Marco, vigente hasta el 31 de diciembre de ese año. Se trataba de una nueva Disposición Adicional Séptima que establecía que tanto las empresas que optaran por su separación de las SAGEP como las empresas que conjuntamente optaran por la extinción de una SAGEP se subrogarían el personal en proporción a su participación accionarial y cumpliendo la misma regulación existente para la sucesión de empresas. La modificación del convenio se pactó con efectos 14 de mayo de 2017. La modificación fue publicada en el BOE por el Ministerio de Empleo el 18 de julio.QUÉ DENUNCIÓ LA CNMCEl 6 de noviembre de 2017 la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) decidió abrir expediente contra la patronal y los sindicatos de estiba por la firma el 29 de junio de dicha modificación del IV Acuerdo Marco. Para la CNMC, el acuerdo contenía “indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas por la normativa de competencia”, con prácticas que habrían consistido “en la restricción de la libertad de contratación de trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías y en la limitación de la libertad de las empresas prestadoras de dicho servicio de participar o no en sociedades cuyo objeto social sea la puesta a disposición de los citados trabajadores”.QUÉ RESOLVIÓ LA CNMCLa CNMC procedió a la tramitación del expediente y llegó a comunicar a las partes su propuesta de resolución, en principio condenatoria y con sanciones para todos los firmantes que sumarían más de 7 millones de euros.QUÉ PLANTEÓ LA CNMC AL TJUECon carácter previo a la publicación oficial de la resolución definitiva, el 13 de junio de 2019 la CNMC decidió en el último momento paralizar la tramitación del expediente y presentar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una “cuestión prejudicial”, un trámite habitual en el ámbito de la justicia ordinaria para evitar posteriores recursos ante la justicia europea y para lograr de la misma una doctrina que garantice la justa decisión sobre el particular. La CNMC planteó cuatro cuestiones al TJUE, referentes a si pactar la subrogación en el marco de un convenio colectivo conculca la normativa de libre competencia, si esto es así cuando además se plantea una armonización en cuestiones comerciales y si un órgano como la CNMC es competente para pronunciarse en este ámbito y, por tanto, puede fijar sanciones al respecto.QUÉ HA RESUELTO EL TJUEAyer 16 de septiembre de 2020 el TJUE emitió su pronunciamiento sobre la cuestión prejudicial de la CNMC. El Tribunal considera “inadmisible” dicha cuestión, es decir, no la ha admitido a trámite. El TJUE considera que la CNMC no tiene la calidad de “órgano jurisdiccional” que puede plantear una petición de decisión prejudicial ante el TJUE. Se considera que la CNMC es un órgano administrativo, no judicial. Sus decisiones son administrativas y no de ámbito jurisdiccional.QUÉ PASOS SE VAN A DAR AHORALa CNMC debe ahora tomar una decisión definitiva sobre el expediente y publicar su resolución en un sentido u otro.
Los agentes sectoriales se mantienen expectantes. Prudencia en los agentes sectorialesLos agentes sectoriales de la estiba, parte implicada en el expediente abierto por la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) y, por lo tanto, parte interesada en la cuestión prejudicial sobre la que ayer resolvió el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, optaron ayer por la prudencia a la hora de hacer valoraciones pública en torno a la resolución del TJUE.Este Diario se puso en contacto a lo largo de la mañana tanto con la patronal ANESCO como con el sindicato mayoritario Coordinadora, que declinaron pronunciarse públicamente no ya sólo por ser protagonistas del expediente en cuestión, sino también por todo lo que comporta el proceso de negociación en curso del V Acuerdo Marco con una interlocución directa precisamente con la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia.