ALICANTE. La sentencia desestima el recurso presentado por la empresa Terminales Marítimas del Sureste, S.A. (TMS), que cuestionaba varias liquidaciones de las tasas de ocupación correspondientes a su concesión en el puerto de Alicante. El Tribunal avala así el criterio aplicado por la autoridad portuaria y considera correcto el sistema utilizado para calcular dichas tasas.
El fallo judicial respalda el uso del acta de reconocimiento de las obras como documento válido para determinar las superficies ocupadas y las bonificaciones aplicables en función de las inversiones realizadas.
El Tribunal destaca que este documento fue aceptado en su momento por ambas partes y que constituye una base objetiva y transparente para el cálculo de las tasas.
Asimismo, la sentencia descarta que la Autoridad Portuaria de Alicante haya actuado de manera arbitraria o injusta y confirma que las liquidaciones estaban debidamente motivadas y se ajustaban a la normativa portuaria vigente.
En total, el procedimiento judicial afectaba a liquidaciones por un importe global de 1.633.990,45 euros, correspondientes a ejercicios anteriores y superficies concesionadas.
Como consecuencia de la desestimación íntegra del recurso, el Tribunal ha impuesto, además, las costas del procedimiento a la parte demandante, lo que implica que la empresa recurrente deberá asumir los gastos derivados del proceso judicial.