La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha comunicado a las partes su resolución definitiva sobre el expediente contra el sector de la estiba, por el cual impone finalmente una multa en conjunto de 77.000 euros a patronal y sindicatos.
Según señala la resolución de la CNMC, a la que ha tenido acceso Diario del Puerto, las sanciones se han reducido de los más de 7 millones de euros previstos inicialmente hasta los 77.000 euros definitivos en aras al comportamiento y actitud de interlocución y sometimiento a la legislación sobre competencia que están manteniendo las partes con la CNMC durante la negociación del V Acuerdo Marco.
Considerándolas "sanciones simbólicas", según reza la resolución, la CNMC impone multas a la en su día denominada Asociación Nacional de Empresas Estibadoras y Consignatarias de Buques (ANESCO) (66.000 euros), Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar (CETM) (4.000), Unión General de Trabajadores (UGT) (2.000), Comisiones Obreras (CC.OO.) (2.000), Confederación Intersindical Galega (CIG) (1.000), Langile Abertzaleen Batzordeak (LAB) (1.000) y Eusko Langileen Alkartasuna (ELA) (1.000).
La CNMC impone sanciones a Anesco, CCOO, LAB, ELA, CIG, CETM y UGT. Tal y como se recoge en la resolución, las multas se imponen por una infracción considerada "muy grave", fruto de la modificación en junio de 2017 del IV Acuerdo Marco para contemplar en el mismo la subrogación de trabajadores de las SAGEP, multándose a todos los firmantes de dicho acuerdo.
Según la CNMC, en dicha modificación del IV Acuerdo "las entidades sindicales y la patronal acordaron imponer severas condiciones a las empresas que optasen por ejercer su derecho de separación de la SAGEP, lo que comprometió la finalidad liberalizadora derivada del Real Decreto-ley 8/2017".
No obstante, según la CNMC, "a la vista del estado de negociación del V Acuerdo Marco, y del hecho de que durante la negociación del mismo se han ido emitiendo sucesivos borradores de acuerdo que han sido sometidos a informe de la CNMC, que ha podido constatar la evolución que han experimentado tales borradores, la CNMC ha decidido valorar la clara voluntad de las partes de alcanzar un acuerdo que, cumpliendo con el legítimo objetivo de protección de los trabajadores, respete las exigencias normativas de liberalización del sector y mantenimiento de una competencia efectiva. De este modo, se cumpliría con el objetivo exigido por la normativa de la Unión Europea, lo que se valora positivamente desde la perspectiva de la protección del interés general", fijando por este motivo las citadas sanciones a la baja, que la propia CNMC califica de "simbólicas".