La ampliación de la operativa pesquera a estos puertos fue aprobada por la última reunión del Consejo de Ministros del 2020.
A partir de ahora, en Arrecife y Puerto del Rosario estarán permitidas las operaciones de desembarque y transbordo de productos de la pesca, así como la prestación de servicios portuarios para buques pesqueros de terceros países, al modificarse los lugares en los que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podría llevar a cabo el control de los productos pesqueros procedentes de países no comunitarios.
En el caso de Canarias, Asocelpa solicitó que se incluyeran en el anexo los puertos de interés general de Lanzarote y Fuerteventura. Aunque no disponen de punto de control fronterizo, se permite que los buques pesqueros de terceros países tengan acceso a la prestación de servicios portuarios, así como a la carga de pescado.
También estará autorizado el desembarque y el transbordo de productos de la pesca frescos originarios o procedentes de países no comunitarios. Entre las obligaciones establecidas reglamentariamente se encuentra la designación de puertos en el territorio nacional de cada Estado miembro en los que se autoriza a los buques pesqueros de terceros países a acceder a servicios portuarios y efectuar operaciones de desembarque o transbordo.
Los consignatarios de Arrecife y Puerto del Rosario esperan un aumento de la actividad pesquera en estos recintos, que era una demanda largamente acariciada. Asocelpa reconoce la importante colaboración que ha ofrecido la Dirección del Área de Agricultura y Pesca en Canarias para facilitar esta actividad portuaria en las islas de Lanzarote y Fuerteventura.