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El sector sigue a la espera de que se haga público el nuevo Registro de Consignatarios

Ocho meses después de la firma del convenio entre Marina Mercante y la patronal ASECOB, el sector sigue a la espera de que se hago público el Registro de Consignatarios, una de las herramientas más demandadas por este colectivo profesional como garantía y facilitación del acceso a los servicios prestados.

  • Última actualización
    24 febrero 2021 17:03

Según fuentes de ASECOB consultadas por este Diario, sigue sin activarse la herramienta por la cual debe hacerse público dicho registro, regulado en su día en el Real Decreto 131/2019, por el que se desarrollaba la obligación de consignación de buques .

En junio de 2020 el BOE publicó el convenio entre Marina Mercante y ASECOB para facilitar la inscripción en el registro, momento en el que este Diario informó que Marina Mercante estaba ultimando el soporte a través del cual se haría público el mismo.

Ocho meses después dicho soporte sigue sin ser habilitado para mayor frustración del sector consignatario, que de forma paralela llegó a demandar a Marina Mercante que en dicho registro a cada consignatario se le asignara un número de tal forma que pudiera servir de sello de acreditación (Consignatario Registrado Nº X).

El acuerdo alcanzado en su momento con Marina Mercante establece que los datos que se harán públicos para cada consignatario serán los relativos a su denominación, domicilio o sede social, contacto telefónico y dirección electrónica y los puertos en los que estén autorizados para su actividad.

Por su parte, los datos del Registro que no serán públicos correspondientes a los consignatarios serán su titulación y su formación; su pertenencia a un grupo empresarial; su pertenencia a ASECOB; la fecha de la licencia o autorización para ejercer su actividad en los puertos en los que actúe, así como la de su caducidad; su representante legal en puerto o en cada puerto en donde actúen; la suscripción de algún seguro de responsabilidad civil; y el cumplimiento del estándar ISO que corresponda como norma de calidad de sus servicios.

Como consecuencia del convenio, ASECOB, con la ayuda de las Asociaciones Provinciales asociadas, remitió a Marina Mercante cerca de 400 registros de establecimientos de consignación en los puertos españoles. Estos datos son la base para lanzar el Registro.

QUÉ FIJA EL REAL DECRETO

En su artículo 8, el Real Decreto 131/2019 establece que “se crea el Registro de Consignatarios, que tiene por finalidad facilitar el acceso de los armadores y navieros a sus servicios y el control del cumplimiento de los requisitos que les sean exigidos por las normas”. Se indica que el Registro de Consignatarios tiene carácter público administrativo y se constituirá como una base de datos informatizada accesible a través del sitio web del Ministerio de Fomento”. Además de otros preceptos, en dicho artículo se indica que “la gestión del Registro de Consignatarios corresponderá al Ministerio de Fomento y el Director General de la Marina Mercante ostentará la condición de responsable del Registro de acuerdo con la normativa de protección de datos de carácter personal”.